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34 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de noviembre de 2021 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Enrique Chávez Basagoitia, Viceministro de Relaciones Exteriores a las ciudades de Moscú, Federación de Rusia; Bruselas, Reino de Bélgica; y, Helsinki, República de Finlandia, del 23 al 30 de noviembre de 2021, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional y Fuente de Financiamiento; y, Código POI: AOI00004500014 Garantizar permanentemente la Gestión del Despacho Viceministerial; debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDPrueba descarte Covid-19 S./ Lima- MoscúPruebas descarte Covid-19 USD Moscú- Bruselas- HelsinkiViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Luis Enrique Chávez Basagoitia2,967.00 200.00 120.00 540.00 6+2 4,320.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje previsto, se ha adicionado dos días de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 2009069-1 Autorizan viaje de Viceministro de Relaciones Exteriores a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0470-2021-RE Lima, 5 de noviembre de 2021VISTOS:El Memorándum N° (DAE) N° DAE00758/2021 de la Dirección General para Asuntos Económicos del 20 de octubre de 2021; la Hoja de Trámite (GAC) N° 2598 del Despacho Viceministerial de fecha 21 de octubre de 2021; y la memoranda; (OPP) N.° OPP01622/2021 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del 4 de noviembre de 2021, que otorga certi fi cación de crédito presupuestal al presente viaje; y (OAP) N° OAP01623/2021 de la O fi cina de Administración de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos del 5 de noviembre de 2021; CONSIDERANDO:Que, la Alianza del Pací fi co es una iniciativa de integración regional para conformar un área de integración profunda en la que se busca avanzar hacia la liberación del comercio de bienes, y la libre circulación de servicios, capitales y personas, como parte de una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al Asia-Pací fi co y al mundo; Que, el Subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales de Chile, extendió la invitación al Viceministro de Relaciones Exteriores del Perú, a la Reunión del Grupo de Alto Nivel (GAN) de la Alianza del Pací fi co, la que se llevará a cabo en la ciudad de Viña del Mar, República de Chile, el 16 de noviembre de 2021; Que, se estima importante la participación del señor Viceministro de Relaciones Exteriores en la referida reunión del GAN, a fi n de dar debido seguimiento político diplomático para alcanzar el objetivo estratégico de la política exterior, referido al fortalecimiento y la ampliación de las relaciones bilaterales y multilaterales en regiones estratégicas, así como el fortalecer esquemas modernos y efectivos de integración regional, priorizando la Alianza del Pací fi co y la Comunidad Andina; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Decreto Supremo N° 047-2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE y modi fi catorias; y, la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2021; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático Luis Enrique Chávez Basagoitia, Viceministro de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Viña del Mar, República de Chile, los días 15 y 16 de noviembre de 2021, para participar en la Reunión del Grupo de Alto Nivel (GAN) de la Alianza del Pací fi co, que se llevará a cabo el 16 de noviembre de 2021. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional; y Código POI AOI00004500014, Garantizar permanentemente la Gestión del Despacho Viceministerial, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDPrueba descarte Covid-19Viáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Luis Enrique Chávez Basagoitia1,333.00 200.00 370.00 1+1 740.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje previsto, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 2009069-2