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2 NORMAS LEGALES Domingo 14 de noviembre de 2021 El Peruano / ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO NACIONAL DE SANIDAD PESQUERA Res. N° 055-2021-SANIPES/PE.- Disponen la publicación, en el portal institucional, del proyecto de Resolución de Presidencia Ejecutiva que aprueba la Norma sanitaria que establece disposiciones relativas a la metodología para la clasificación de áreas de producción de moluscos bivalvos 29 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Res. N° 000163-2021/SUNAT .- Designan Gerente de Asuntos Laborales de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos 30 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Res. Nº 259-2021-CG.- Encargan funciones del Contralor General de la República 31 MINISTERIO PUBLICO Res. Nº 1476-2021-MP-FN.- Cesan por límite de edad a Fiscal Superior Titular Mixto de Amazonas, Distrito Fiscal de Amazonas y encargan el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas 32Res. Nº 1477-2021-MP-FN.- Dan por concluido nombramiento Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios 33 Res. Nº 1478-2021-MP-FN.- Designan Fiscal Adjunto Supremo Titular en el Despacho de la Fiscalía Suprema de Familia 33 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Ordenanza Nº 0570-2021-MDB.- Ordenanza que establece beneficios para la regularización de deudas tributarias y no tributarias 34 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Ordenanza Nº 669-2021-MSB.- Ordenanza que establece beneficios tributarios extraordinarios en el distrito de San Borja 35 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Ordenanza Nº 455-MVES.- Ordenanza que prorroga para el ejercicio fiscal 2022 la vigencia de la Ordenanza 418-MVES que regula el monto del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del impuesto predial y arbitrios para el ejercicio fiscal 2020 38 PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA DECRETO DE URGENCIA Nº 105-2021 DECRETO DE URGENCIA QUE ESTABLECE EL OTORGAMIENTO DE UN BONO EXTRAORDINARIO A FAVOR DEL PERSONAL FORMAL DEL SECTOR PRIVADO Y DEL SECTOR PÚBLICO CON MENORES INGRESOS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 23 de la Constitución Política del Perú dispone que el trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atención prioritaria del Estado. Asimismo, el Estado promueve condiciones para el progreso social y económico; Que, el artículo 24 de la referida Carta Magna señala que el trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y su fi ciente, que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual; Que, con Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, Decreto Supremo que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19, y se dictan medidas de prevención y control para evitar su propagación; la misma que ha sido prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020- SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-SA, Nº 009-2021- SA y Nº 025-2021-SA, siendo que este último prorroga la Emergencia Sanitaria, a partir del 03 de setiembre de 2021, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19 y establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del martes 1 de diciembre de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia del COVID-19, el mismo que fue prorrogado por los Decretos Supremos Nº 201-2020-PCM, Nº 008-2021-PCM, Nº 036-2021-PCM, Nº 058- 2021-PCM, Nº 076-2021-PCM, Nº 105-2021-PCM, Nº 123-2021-PCM y Nº 131-2021-PCM, N° 149-2021-PCM, N° 152-2021-PCM y N° 167-2021-PCM, este último por el plazo de treinta (30) días calendario, a partir del lunes 1 de noviembre de 2021; Que, el inicio del año 2021 estuvo marcado por la presencia de una segunda ola de contagios por la COVID-19, lo que propició la implementación de medidas restrictivas de forma focalizada para frenar la propagación del virus, pero con una mayor fl exibilidad en comparación a la cuarentena del año previo. Estas medidas han tenido un impacto moderado en la actividad económica en el primer bimestre de este año; sin embargo, dado el control progresivo de la pandemia se ha permitido fl exibilizar las restricciones, incrementar la operatividad de los sectores, así como, la demanda de bienes y servicios; Que, la economía peruana está en proceso de recuperación e incluso ya superó los niveles pre la COVID-19, siendo que la actividad económica creció 20,9% en el primer semestre del 2021, convirtiendo al Perú en una de las economías con el mayor crecimiento