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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (14/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Domingo 14 de noviembre de 2021 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del AL1. FAP Marcos Emilio CABRERA GUARNIZ, identi fi cado con NSA N° S-61286021 y DNI N° 72112836 y del AL1. FAP Pedro Luis ADANAQUE GALLOSO, identi fi cado con NSA N° S-61290821 y DNI N° 70993990, para que participen en el Curso de Formación de Sargentos (CFS), a realizarse en la Escuela de Especialistas en Aeronáutica (EEAR), ubicada en la ciudad de Guaratinguetá, Estado de São Paulo, República Federativa de Brasil, del 16 de noviembre de 2021 al 30 de noviembre de 2023, así como, autorizar su salida del país el 15 de noviembre de 2021 y su retorno el 1 de diciembre de 2023. Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasaje Aéreo (ida): (clase económica) US$ 1,355.68 x 1 x 2 personas (incluye importe TUUA) US$ 2,711.36 Gastos de traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación) US$ 1,045.35 x 1 x 2 personas US$ 2,090.70 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero:US$ 1,045.35 / 30 x 15 días x 2 personas US$ 1,045.50US$ 1,045.35 x 1 mes x 2 personas US$ 2,090.70 Total a pagar: US$ 7,938.26 Artículo 3.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa -Fuerza Aérea del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 4.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente. Artículo 5.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido, por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 6.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 7.- Los alumnos designados deben cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- Los citados alumnos están impedidos de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER EDISON AYALA GONZALES Ministro de Defensa 2011061-1EDUCACION FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 436-2021-MINEDU Mediante O fi cio N° 2032-2021-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 436-2021-MINEDU, publicada en la edición del día 12 de noviembre de 2021. En el Artículo Único;DICE: “(…)Artículo Único.- Designar a la señora CATIE GONZALES TOVAR (…) (…)”. DEBE DECIR: “(…)Artículo Único.- Designar a la señora CATIE GONZALEZ TOVAR (…) (…)”. 2010951-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0971-2021-IN Lima, 13 de noviembre de 2021 VISTOS, los O fi cios N° 988 y 992-2021-SUBCOMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 001605-2021/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 038-2021- JUS, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Iginio Erico Llanos Segura, formulada por la Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de violación sexual de menor de edad en grado de tentativa, en agravio de una menor de edad con identidad reservada; y, dispuso su presentación por vía diplomática a la República Argentina, conforme al Tratado vigente y a la normativa interna aplicable al caso; Que, con mensajes de referencia EX 18.807/16/U.D.I./G.9/VF de fechas 20 de julio de 2021 y 21 de octubre de 2021, la O fi cina Central Nacional de INTERPOL–Buenos Aires comunica a la O fi cina Central Nacional de INTERPOL–Lima, que ha sido autorizada la entrega a la República del Perú del ciudadano peruano Iginio Erico Llanos Segura, así como la aceptación de la