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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (14/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Domingo 14 de noviembre de 2021 El Peruano / • Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias): Artes escénicas Enseñanza culturalRestaurantes y a fi nes en zonas al aire libre Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos Baños termales al aire libreActividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre Eventos empresariales y profesionales al aire libreMercados itinerantesEstadios deportivos: 0% c) Nivel de alerta muy alto:• Actividades en espacios cerrados:Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 30% Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 40% Restaurantes y a fi nes en zonas internas: 30% Casinos y tragamonedas: 20%Cines y artes escénicas: 30%Bancos y otras entidades fi nancieras: 50% Templos y lugares de culto: 30%Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 40% Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 40% Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 40% Eventos empresariales y profesionales: 30%Peluquería y Barberia: 30%Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 20%Coliseos: 0%Gimnasios: 30%Transporte interprovincial terrestre de pasajeros: 50% regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y con uso de doble mascarilla. • Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias): Artes escénicas Enseñanza culturalRestaurantes y a fi nes en zonas al aire libre Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos Baños termales al aire libreActividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre Eventos empresariales y profesionales al aire libreMercados itinerantesEstadios deportivos: 0% d) Nivel de alerta extremo:• Actividades en espacios cerrados:Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 20% Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 30% Restaurantes y a fi nes en zonas internas: 0% Casinos y tragamonedas: 0%Cines y artes escénicas: 0%Bancos y otras entidades fi nancieras: 30% Templos y lugares de culto: 0%Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 20% Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 0% Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 20% Eventos empresariales y profesionales: 0%Peluquería y Barberia: 20% Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 0%Coliseos: 0%Gimnasios: 0%Transporte interprovincial terrestre de pasajeros: 50% regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y con uso de doble mascarilla. Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery): las 24 horas. Servicio de farmacia para entrega a domicilio (delivery): las 24 horas. • Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias): Artes escénicas Enseñanza culturalRestaurantes y a fi nes en zonas al aire libre Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos Baños termales al aire libreActividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre Eventos empresariales y profesionales al aire libreMercados itinerantesEstadios deportivos: 0% 14.3 Los gobiernos locales regulan la actividad económica de los conglomerados en sus jurisdicciones, con la fi nalidad de reducir el riesgo de actividades en lugares cerrados sin adecuada ventilación y el riesgo de aglomeraciones, teniendo en consideración los siguientes lineamientos: - Establecer la adecuada ventilación de espacios cerrados. - Delimitar espacios físicos y cierre de accesos, con el objeto de controlar y diferenciar las zonas de entrada y de salida. - Establecer límites de aforo y horarios de supervisión en las horas de alta a fl uencia del público. - Implementar medidas idóneas para efectuar el control efectivo de aforos. - Facilitar el uso de los espacios públicos al aire libre para asegurar el distanciamiento físico o corporal. 14.4 En las actividades económicas señaladas en los cuatro (4) niveles de alerta, se podrán realizar transacciones por medios virtuales, entregas a domicilio (delivery) y recojo en local para el caso de restaurantes y afi nes, en los horarios establecidos. Asimismo, los establecimientos comerciales deben cerrar una (1) hora antes del inicio de la inmovilización social obligatoria, con excepción de los ubicados en la provincia de Lima del departamento de Lima y en la provincia constitucional del Callao, que deben cerrar al menos dos (2) horas antes. Las actividades económicas no contempladas en el presente artículo y sus aforos, se rigen según lo establecido en las fases de la reanudación de actividades económicas vigentes; con excepción del nivel de alerta extremo, en el que rigen las siguientes actividades: Agricultura, pecuario, caza y silvicultura: - Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Pesca y acuicultura: - Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Energía, hidrocarburos y minería: - Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Manufactura primaria y no primaria: - Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Construcción: - Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Incluye proyectos de interés nacional (licencias, trámites, adquisición y transporte de bienes, servicios y personal, así como actividades relacionadas a la cadena logística).