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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (26/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 129

129 NORMAS LEGALES Viernes 26 de noviembre de 2021 El Peruano / Establecen fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias para el Ejercicio 2022 ORDENANZA Nº 562-MDA Ate, 8 de noviembre del 2021POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 08 de Noviembre del 2021; visto, el Dictamen Nº 011-2021-MDA/CAT de la Comisión de Administración Tributaria, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 74º y 194º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Locales tienen potestad de crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, el pago del Impuesto, podrá efectuarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre, según disposición establecida en el citado artículo de la norma indicada; Que, con las disposiciones establecidas en materia tributaria sobre el marco normativo de las Tasas de Arbitrios Municipales, regulados en el Distrito de Ate, los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, son de periodicidad y determinación mensual; sin embargo, su recaudación se efectuará trimestralmente, materializándose el vencimiento el último día hábil de los meses que a través de la ordenanza, sea establecida por la Municipalidad Distrital de Ate; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general por la Administración Tributaria; Que, mediante Ordenanza Nº 555-MDA, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 24 de junio del 2021, se estableció la clasi fi cación de contribuyentes del Distrito de Ate en Gracos, Mecos, Pecos y Micros contribuyentes de acuerdo a la base imponible de cada uno de los contribuyentes; Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de la Tasa de Arbitrios Municipales de la jurisdicción del Distrito de Ate, para el ejercicio 2022; Que, mediante Dictamen Nº 011-2021-MDA/CAT, la Comisión de Administración Tributaria recomienda al Pleno del Concejo Municipal, aprobar el proyecto de Ordenanza que establece las Fechas de Vencimiento de las Obligaciones Tributarias para el Ejercicio 2022; indicando elevar los actuados al Concejo Municipal para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8) DEL ARTÍCULO 9º Y ARTÍCULO 40º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA, Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PARA EL EJERCICIO 2022 Artículo 1º.- VENCIMIENTO PARA PAGO DE IMPUESTO PREDIALEl plazo para el pago del Impuesto Predial para los propietarios cuya clasi fi cación sea Grandes Contribuyentes (GRACOS) y Medianos Contribuyentes (MECOS), correspondientes al ejercicio 2022 vence: • Pago al Contado : 28 de febrero. • Pago Fraccionado: - Primera Cuota : 28 de febrero. - Segunda Cuota : 31 de mayo.- Tercera Cuota : 31 de agosto.- Cuarta Cuota : 30 de noviembre. El plazo para el pago del Impuesto Predial, para los propietarios cuya clasi fi cación sea de Pequeños Contribuyentes (PECOS) y Micro Contribuyentes (MICROS), correspondiente al ejercicio 2022 vence: • Pago al Contado : 31 de marzo. • Pago Fraccionado: - Primera Cuota : 31 de marzo. - Segunda Cuota : 30 de junio.- Tercera Cuota : 30 de setiembre.- Cuarta Cuota : 30 de diciembre. Artículo 2º.- VENCIMIENTO PARA PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES El plazo para el pago de los Arbitrios Municipales, para propietarios cuya clasificación sean Grandes Contribuyentes (GRACOS) y Medianos Contribuyentes (MECOS), correspondiente al ejercicio 2022 vence: • Pago al Contado : 28 de febrero. • Pago Fraccionado: - Primera Cuota : 28 de febrero. - Segunda Cuota : 31 de mayo.- Tercera Cuota : 31 de agosto.- Cuarta Cuota : 30 de noviembre. El plazo para el pago de los Arbitrios Municipales, para propietarios cuya clasi fi cación sean Pequeños Contribuyentes (PECOS) y Micro Contribuyentes (MICROS), correspondientes al ejercicio 2022 vence: • Pago al Contado : 31 de marzo. • Pago Fraccionado: - Primera Cuota : 31 de marzo. - Segunda Cuota : 30 de junio.- Tercera Cuota : 30 de setiembre.- Cuarta Cuota : 30 de diciembre. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Segunda.- Facultar; al señor Alcalde para que dicte normas complementarias, si fuera necesario, así como la prórroga por medio de Decreto de Alcaldía de los vencimientos establecidos en la presente Ordenanza, para lo cual deberá contar con el informe previo de la Gerencia de Administración Tributaria. Tercera.- Encargar; a la Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia Municipal el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Electrónico Institucional. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese, y cúmplase.EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 2014916-2