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133 NORMAS LEGALES Viernes 26 de noviembre de 2021 El Peruano / suscrita por el administrado, debiendo precisarse que dicha declaración no otorga derecho de propiedad sino tendrá únicamente fi nes tributarios. Cuarta.- Disponer que la O fi cina de Administración y Finanzas y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto brinden las facilidades del caso para la asignación de recursos logísticos y humanos a las unidades orgánicas encargadas del cumplimiento de la presente Ordenanza. Quinta.– Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el desarrollo e implementación de las acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Sexta.– Disponer que el presente acto administrativo no acredita derecho de propiedad. Regístrese, publíquese y cúmplase.GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO Alcalde 2014911-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Ratifican Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre ORDENANZA MUNICIPAL Nº 1245 Arequipa, 29 de octubre de 2021EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial de Arequipa en Sesión Ordinaria de fecha 29 de octubre de 2021 CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Municipios son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, mediante O fi cio Nº 074-2021-MDASA registrado con Expediente Nº 48649-2021, la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, remite la Ordenanza Municipal Nº 523-MDASA, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, para su ratifi cación por la Municipalidad Provincial de Arequipa; Que, mediante Informe Nº 106-2021-MPA/GAT/ SGRT, la Sub Gerencia de Registro Tributario es de opinión porque se rati fi que la Ordenanza Municipal Nº 523-MDASA de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, sólo en lo concerniente a las tasa o derechos administrativos detallados en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, los mismos que están debidamente sustentados en los cuadros resúmenes de costos de los procedimientos administrativos, que han sido evaluados mediante Informe Nº 231-2021-MPA-GPPR/SGR.fph emitiendo pronunciamiento favorable respecto a ciento cincuenta y ocho (158) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad; e igualmente la Gerencia de Administración Tributaria ha emitido el Informe Técnico Nº 06-2021-MPA/GAT; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas en Materia Tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales como la aprobación de tasas de los procedimientos administrativos TUPA para su entrada en vigencia y exigibilidad, deben ser rati fi cados por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción; Que, con Dictamen Legal Nº 1274-2021-MPA/GAJ, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego de una revisión y evaluación jurídica, es de opinión, que se eleve lo actuado al pleno del Concejo Municipal para que mediante Ordenanza Municipal se rati fi que la Ordenanza Municipal Nº 523 de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial, aprobó por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA:Artículo 1º.- RATIFICAR, la Ordenanza Municipal Nº 523-MDASA de fecha 28 de mayo del 2021, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre. Artículo 2º.- PRECISAR, que la aplicación de los procedimientos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobado en la Ordenanza Municipal Nº 523-MDASA, materia de rati fi cación, es de responsabilidad exclusiva de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre. Artículo 3º.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, procede a publicar la Ordenanza Municipal materia de rati fi cación, en aplicación del artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades. POR LO TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.OMAR JULIO CANDIA AGUILAR Alcalde Provincial 2014941-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AL TO SELVA ALEGRE Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre ORDENANZA MUNICIPAL Nº 523-MDASA Alto Selva Alegre, 28 de mayo del 2021.EL ALCALDE DE ALTO SELVA ALEGREPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre,VISTOS:La Carta Nº 001-2021-GPP/MDASA de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Carta Nº 035-2021/FLCH del Consultor Fabio Laura Chambi, el Informe Nº 137-2021-SGPR-GPP/MDASA de la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización (e), el Informe Nº 173-2021-GPP/MDASA de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal Nº 162-2021-GAJ-MDASA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, prescribe que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en