Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (19/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 38

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Martes 19 de octubre de 2021 El Peruano / De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- ACEPTAR, la renuncia efectuada por el señor Cesar Augusto Aguirre Yenque, en el cargo de Asesor de la Coordinadora Técnica del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados, siendo su último día de labores el día 18 de octubre de 2021. Artículo 2.- DESIGNAR a partir del 19 de octubre de 2021, a la Ing. JACQUELINE ROCIO QUINTANA FLORES en el cargo de Asesora de la Coordinadora Técnica del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROGELIO JAVIER HUAMANÍ CARBAJAL Director EjecutivoPrograma de Desarrollo ProductivoAgrario Rural - AGRORURAL 2002485-5 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican el numeral 4.3 de la Directiva N° 004-2021-EF/43.01, denominada “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley N° 25650”, aprobada mediante R.M. N° 118-2021-EF/43 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 298-2021-EF/43 Lima, 18 de octubre del 2021CONSIDERANDO:Que, el Decreto Ley N° 25650 crea el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, destinado a compensar adecuadamente el asesoramiento cali fi cado que se brinde a las diferentes reparticiones del Estado; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 053-2009, con vigencia permanente en virtud a la Centésima Décima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se dicta, entre otras, medidas urgentes sobre la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público; Que, el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público cuenta con una comisión, la cual se encarga de elaborar los lineamientos y otros aspectos necesarios para la administración del mencionado citado Fondo; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 118-2021- EF/43, se aprueba la Directiva N° 004-2021-EF/43.01, denominada “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público”, vigente a partir del 1 de abril de 2021; Que, mediante el Acta N° 03-2021, de fecha 13 de octubre de 2021, la Comisión del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público otorga su conformidad al proyecto de modi fi cación del numeral 4.3 “Entidades receptoras” de la citada Directiva, que le fuera remitido por el Secretario Técnico de la dicha comisión mediante el Informe N° 048-2021-EF/43.07; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la modi fi cación de la Directiva N° 004-2021-EF/43.01, denominada “Lineamientos para la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley N° 25650”; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público; en el Decreto de Urgencia N° 053-2009, Dictan medidas urgentes sobre la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público y otras disposiciones; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41; SE RESUELVE: Artículo 1. Modi fi car el numeral 4.3 de la Directiva N° 004-2021-EF/43.01, denominada “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley N° 25650”, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 118-2021-EF/43, en los términos siguientes: “4.3 Entidades receptoras 4.3.1 Se consideran entidades receptoras a las siguientes: - Ministerios del Poder Ejecutivo (19), - Poder Judicial,- Gobiernos Regionales (25), - Programa Gobierno Regional de Lima Metropolitana y- Contraloría General de la República. 4.3.2 Las entidades receptoras cuentan con un presupuesto mensual asignado para la contratación de personas con cargo al FAG.” Artículo 2. Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas 2002526-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesión temporal a Fenix Power Perú S.A. para desarrollar Estudios de Factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica “Parque Eólico Piletas”, en el distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 330-2021/MINEM-DM Lima, 1 de octubre de 2021VISTOS: El Expediente Nº 27398321 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica “Parque Eólico Piletas”, presentada por Fenix Power Perú S.A. (en adelante, FENIX); el Informe Nº 556-2021-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 0888-2021-MINEM/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y;