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10 NORMAS LEGALES Martes 26 de octubre de 2021 El Peruano / Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZALEZ TORO Ministro de Energía y Minas 2004879-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0881-2021-IN Lima, 25 de octubre de 2021 VISTOS, los O fi cios Nº 833 y 837-2021-SUBCOMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe Nº 001497-2021/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio GS-2021-036635/SUSES- APIAD-29.25 de fecha 13 de setiembre de 2021, la Dirección General de la Policía Nacional de la República de Colombia, extiende invitación a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, para que personal policial participe del “Congreso internacional contra fenómenos criminales que afectan la niñez”, que se llevará a cabo los días 27 y 28 de octubre de 2021, en la ciudad de Bogotá de la República de Colombia; Que, con Informe Nº 054-2021-DIRNOS/DIRSECIU- DIVPNA-SEC de fecha 23 de setiembre de 2021, la División de Protección de Niños y Adolescentes de la Dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional del Perú, sustenta la importancia y viabilidad de la participación de la Subo fi cial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Evelyn Yauri Aliaga y de la Subo fi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú Haydee Rossmery Huerta Flores, en el evento descrito precedentemente; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 124-2021-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 20 de octubre de 2021, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial descrito precedentemente, del 26 al 29 de octubre de 2021, a la ciudad de Bogotá de la República de Colombia, para que participen en el “Congreso internacional contra fenómenos criminales que afectan la niñez”, toda vez que resulta importante para la Policía Nacional del Perú, ya que permitirá intercambiar ideas con expertos, homólogos, autoridades, instituciones gubernamentales y privadas a nivel nacional e internacional, así como con líderes en la protección de la niñez, con el fi n de generar propuestas estratégicas e integrales en materia de protección e investigación para prevenir la ocurrencia de fenómenos criminales en contra de los niños, niñas y adolescentes en el mundo; así también, dicho evento es importante puesto que permitirá al indicado personal policial representar a la institución policial, compartiendo conocimientos y aportando experiencias; Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y vuelta), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior;Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)” ; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG (...)” ; Que, la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2021, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)” ; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)”; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento” ; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (...)” ; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial antes mencionado, del 26 al 29 de octubre de 2021, a la ciudad de Bogotá de la República de Colombia; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú y modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520- 2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, de la Subo fi cial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Evelyn Yauri Aliaga y de la Subo fi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú Haydee Rossmery Huerta Flores, del 26 al 29 de octubre de 2021, a la ciudad de Bogotá de la República de Colombia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto y viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución,