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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (26/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 2

2 NORMAS LEGALES Martes 26 de octubre de 2021 El Peruano / ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Res. Nº 000155-2021/SUNAT .- Designan Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora “Mejoramiento del Sistema de Información de la SUNAT” - MSI 16 ORGANISMOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Res. Nº 0861-2021-JNE.- Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de vicegobernador y consejero del Gobierno Regional de Puno 16 MINISTERIO PUBLICO Res. Nº 1416-2021-MP-FN.- Designan fiscales de los Distritos Fiscales de Lima y Lima Centro en la Primera y Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos 18 Res. Nº 1417-2021-MP-FN.- Aceptan la renuncia de Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de La Libertad y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Pataz 18GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO D.A. Nº 13-2021-MSS.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 623-MSS que aprueba medidas de apoyo a la comunidad para la atención del pago de multas administrativas en estado coactivo en condiciones excepcionales y condonación de costas procesales 19 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO D.A. Nº 06-2021-DA/MPC.- Aprueban cronograma para la inscripción de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial en el Libro de Registro Local de Organizaciones de la Sociedad Civil 19 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Fe de Erratas Ordenanza Nº 007-2021-MDLP/AL 20 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Conforman la Mesa Técnica de Desarrollo Territorial de las provincias del sur de Ayacucho (Lucanas - Puquio, Paucar del Sara Sara y Parinacochas), a cargo de la Secretaría de Descentralización de la PCM RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 0036-2021-PCM/SD Lima, 22 de octubre de 2021VISTO:El Informe N° 000148-2021-PCM-SD que recomienda la conformación de una Mesa Técnica de Desarrollo Territorial para las provincias del sur del departamento de Ayacucho (Lucanas - Puquio, Paucar del Sara Sara y Parinacochas); CONSIDERANDO:Que, el artículo 43 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado es uno e indivisible y su gobierno es unitario, representativo y descentralizado; asimismo, el artículo 188 de la Constitución señala que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; Que, de acuerdo a lo previsto en la Octava Política de Estado del Acuerdo Nacional, el Estado peruano está comprometido a desarrollar una integral descentralización, política, económica y administrativa, trans fi riendo progresivamente competencia y recursos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales con el fi n de eliminar el centralismo; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, tiene por objeto desarrollar el capítulo de la Constitución Política sobre Descentralización, que regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo, de fi ne las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal; Que, la Política General de Gobierno para el período 2021-2026, aprobada mediante Decreto Supremo N° 164-2021-PCM, determina como quinto eje, la descentralización, fortalecimiento institucional y del servicio civil; Que, el artículo 84 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM, establece que la Secretaría de Descentralización es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de promover el desarrollo territorial y la descentralización del Estado, así como de articular el despliegue coordinado de la política nacional, sectorial y multisectorial en el territorio, a través de los diferentes niveles de gobierno, procurando el desarrollo armónico y sostenible del Estado; Que, asimismo, el citado artículo señala que la Secretaría de Descentralización orienta la coordinación intergubernamental de los tres niveles de gobierno en cada territorio. Su enfoque es multisectorial y, en coordinación con los sectores competentes, busca promover el desarrollo a partir de las actividades diversas y de mayor potencial, priorizadas y consensuadas con los actores públicos y privados en los departamentos, provincias, distritos u otros espacios territoriales; Que, los literales d) y n) del artículo 85 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, establece como funciones de la Secretaría de Descentralización, articular el despliegue coordinado de la política nacional, sectorial y multisectorial en el territorio, entre los diferentes niveles de gobierno, desarrollando mecanismos y estrategias de articulación de las intervenciones del Poder Ejecutivo con los gobiernos regionales y locales; así como, expedir las resoluciones en materia de su competencia;