TEXTO PAGINA: 9
9 NORMAS LEGALES Martes 26 de octubre de 2021 El Peruano / materia de energía y de minería, asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, una de las funciones que le corresponde es promover la inversión sostenible y las actividades del sector; Que, mediante Of. RE (MIN) Nº 2-13/6 de fecha 18 de octubre de 2021, el Ministerio de Relaciones Exteriores comunica al Ministerio de Energía y Minas la realización del “Encuentro Presidencial y la VI Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú - Bolivia” que se llevará a cabo el 30 de octubre de 2021, en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia; Que, la Dirección de Promoción Minera de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera, a través del Informe Nº 122-2021-MINEM-DGPSM/DPM, señala que el “Encuentro Presidencial y la VI Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú - Bolivia” constituye la máxima instancia de diálogo y coordinación política con el Estado Plurinacional de Bolivia, y que sus trabajos se estructuran en función, entre otros, de los siguientes ejes temáticos: (i) medio ambiente y recursos hídricos transfronterizos y ii) infraestructura para la integración y el desarrollo; Que, asimismo, re fi ere que es importante la participación del Ministerio de Energía y Minas en el citado evento, puesto permitirá organizar la agenda bilateral de trabajo en el marco de un diálogo político al más alto nivel, dirigido a la identi fi cación de temas prioritarios de interés común, promoviendo una agenda de trabajo dinámico ordenado y mutuamente bene fi ciosa. Asimismo, la expectativa del sector está centrada en la profundización de la cooperación y complementación en materia minero - energético, un tema central que es trabajado intensamente con las autoridades bolivianas; Que, teniendo en cuenta los objetivos del “Encuentro Presidencial y la VI Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú - Bolivia”, la citada Dirección propone la participación de los señores Jorge Luis Chávez Cresta, Viceministro de Minas, y César Gerardo Núñez Anamaria, Asesor de Alta Dirección del Despacho Ministerial, como representantes del Ministerio de Energía y Minas, para cuyos efectos deben cubrirse los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe Nº 257-2021-MINEM/OGPP-OPPIC, emite opinión favorable respecto a la participación de los señores Jorge Luis Chávez Cresta, Viceministro de Minas, y César Gerardo Núñez Anamaria, Asesor de Alta Dirección del Despacho Ministerial, señalando que la fi nalidad del evento se encuentra alineado a los objetivos institucionales y sectoriales; Que, mediante Informe Nº 262-2021-MINEM- OGPP/OPRE, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto señala que los representantes del Ministerio de Energía y Minas cuentan con la disponibilidad presupuestal para el viaje internacional a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia; Que, la O fi cina General de Administración mediante el Informe Nº 335-2021-MINEM-OGA/OFIN señala que la participación de los señores Jorge Luis Chávez Cresta, Viceministro de Minas, y César Gerardo Núñez Anamaria, Asesor de Alta Dirección del Despacho Ministerial, al citado evento irrogará gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos; razón por la cual se ha determinado otorgar el monto de viático por día dispuesto en la escala de viáticos por zonas geográ fi cas para viajes a países ubicados en América del Sur, aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; Que, en ese sentido, los citados gastos se asumirán con cargo al Presupuesto del Pliego Nº 16: Ministerio de Energía y Minas, Unidad Ejecutora Nº 001 – Ministerio de Energía y Minas, de acuerdo con las certi fi caciones de créditos presupuestarios correspondientes; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modi fi catorias, regulan la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM y sus modi fi catorias, establece que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y conforme a las disposiciones contenidas en la citada norma, autorización que deberá sustentarse en el interés nacional o institucional; además, para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en consecuencia, y de conformidad con los itinerarios propuestos, es necesario autorizar el viaje del Viceministro de Minas y del Asesor de Alta Dirección del Despacho Ministerial, del 28 al 31 de octubre de 2021, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, para los fi nes expuestos en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modi fi catorias, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Jorge Luis Chávez Cresta, Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 28 al 31 de octubre de 2021, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2 .- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor César Gerardo Núñez Anamaria, Asesor de Alta Dirección del Despacho Ministerial, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 28 al 31 de octubre de 2021, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3 .- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal Nº 016: Ministerio de Energía y Minas, Unidad Ejecutora Nº 001 - Ministerio de Energía y Minas, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos (Incluido TUUA) US$Viáticos por día US$ 370 (02 días de viáticos + 01 día por concepto de instalación y traslado)TOTAL US$ Jorge Luis Chávez Cresta1,488.76 1,110 2,598.76 César Gerardo Nuñez Anamaria1,488.76 1,110 2,598.76 Artículo 4.- Encargar el Despacho del Viceministerio de Minas al señor José Martín Dávila Pérez, Viceministro de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, a partir del 28 de octubre de 2021 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 5.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios autorizados en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, presentan al Titular del Pliego, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas conforme a Ley.