NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (10/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 55
55 NORMAS LEGALES Viernes 10 de setiembre de 2021 El Peruano / local que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía según el artículo II del título preliminar de la ley orgánica de municipalidades, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 007-2019-MDCH/C-A, de fecha 09/09/2019, se aprobó el Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM se aprobó la Política de Modernización de la Gestión Pública, estableciendo en el inciso 2.4, aquellos principios orientadores de la política de modernización; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP se aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), los cuales son de aplicación a todas las entidades de la Administración Pública, para efectos de su elaboración, aprobación y publicación; Que, por su parte el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter generales de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”; Que, el numeral 44.1 del artículo 44º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, indica que: “El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo”, asimismo el numeral; y, para la procedencia de este cobro que los derechos de tramitación hayan sido determinados conforme a la metodología vigente, y que estén consignados en su vigente Texto Único de Procedimientos Administrativos”; Que, el numeral 44.3 del artículo 44º de la precitada norma señala que: “El TUPA y la disposición legal de aprobación o modi fi cación se publica obligatoriamente en el portal del diario o fi cial el Peruano. Adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional de la entidad. La publicación en los medios previstos en el presente numeral se realiza de forma gratuita. Asimismo, el numeral 44.4 de la misma citada norma indica que “Sin perjuicio de la indicada publicación, cada entidad realiza la difusión de su TUPA mediante su ubicación en lugar visible de la entidad”; Que, el numeral 53.1 del artículo 53º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, sobre los derechos de tramitación señala que, procede establecer derechos de tramitación en los procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la prestación de un servicio especí fi co e individualizable a favor del administrado, o en función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en los caso en que existan tributos destinados a fi nanciar directamente las actividades de la entidad. Dicho costo incluye los gastos de operación y mantenimiento de la infraestructura asociada a cada procedimiento; asimismo, se precisa en el numeral 53.2 que, son condiciones para la procedencia de este cobro que los derechos de tramitación hayan sido aprobados conforme al marco legal vigente y que estén consignados en su vigente Texto Único de Procedimientos Administrativos; asimismo en el numeral 53.5 La entidad está obligada a reducir los derechos de tramitación en los procedimientos administrativos si, como producto de su tramitación, se hubieren generado excedentes económicos en el ejercido anterior; Que, mediante el Informe Nº 381-2021-MDCH/OAT/ VRDO, de fecha 09/08/2021, el Jefe de la O fi cina de Administración Tributaria, remite TUPA FINAL presentado por el Sr. Yermaing Yuri Loayza Ninantay, Gerente General de la empresa YLN Consultores & Asesores E.I.R.L., asimismo, solicita a la Gerencia Municipal, se eleve al Concejo Municipal la propuesta de Ordenanza Municipal que contiene el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2021 de la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho; Que, por su parte, mediante el Informe Legal Nº 774-2021-MDCH-GM/OAJ, de fecha 12/08/2021, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, después de realizar el análisis del marco legal correspondiente concluye que resulta legalmente procedente la aprobación de la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho; Que, en este contexto, de acuerdo con la normatividad señalada, resulta necesario actualizar el TUPA vigente de la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho, a fi n de adecuar la denominación de los procedimientos, incorporar nuevos procedimientos, modi fi car la base legal y requisitos, ordenar correlativamente los códigos del TUPA, precisar la autoridad competente para resolver y las instancias de resolución de los recursos, entre otros, ello en bene fi cio de los administrados; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el numeral 8) del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) 2021 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHALLHUAHUACHO Artículo Primero.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2021 de la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho, el mismo que como anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza y contiene ciento treinta y siete (137) procedimientos y servicios prestados en exclusividad por esta entidad; de acuerdo a los dispositivos legales vigentes. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, la ordenanza la Ordenanza Municipal Nº 007-2019-MDCH/C-A, de fecha 09/09/2019. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, para que en coordinación con la O fi cina General de Administración y la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto implementen las acciones administrativas establecidas en las normas de la materia, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente disposición municipal. Artículo Cuarto.- DISPONER a la Oficina de Secretaría General, remita a la Municipalidad Provincial de Cotabambas - Tambobamba la presente Ordenanza para su ratificación correspondiente conforme a Ley, posterior a ello publíquese la presente Ordenanza Municipal, conforme lo dispone el numeral 44.3 y 44.4 del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, así como disponer que la Unidad de Imagen Institucional efectué la publicación y difusión en los diferentes medios de comunicación radial, televisivas, en los paneles visibles de la institución y a la Unidad de Informática disponer efectué la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho (www.munichallhuahuacho.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PORFIRIO GUTIERREZ PANIURA Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 1989500-1