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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (10/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Viernes 10 de setiembre de 2021 El Peruano / N°NOMBRE DE LOS ADMINISTRADOSN.° DE RESOLUCION JEFATURAL DE SANCIÓN FECHA DE LA RESOLUCIÓN JEFATURALDECISIÓNCuantía de la sanción (de ser el caso) 24SIXTO BALTAZAR ANGULO VIGORJ 000194- 2021-JN21/07/2021 ARCHIVAR - 25LUIS ENRIQUE MORALES OCMINRJ 000197- 2021-JN22/07/2021 SANCION 10 UIT 26VICENTE LOPEZ GONZALESRJ 000198- 2021-JN22/07/2021 SANCION 10 UIT 27WALTER EDUARDO DYER AMPUDIARJ 000202- 2021-JN23/07/2021 SANCION 10 UIT 28MARCOS PÉREZ SALDAÑARJ 000203- 2021-JN23/07/2021 SANCION 10 UIT 29NICASIO GERMAN ARREDONDO AYALARJ 000204- 2021-JN23/07/2021 SANCION 10 UIT 30ARMANDO RODRÍGUEZ TELLORJ 000207- 2021-JN25/07/2021 SANCION 10 UIT 31CARLOS ALEJANDRO CASTAÑEDA BENITES RJ 000208- 2021-JN25/07/2021 NULIDAD - 32DOMINGO RIOS LOZANORJ 000209- 2021-JN25/07/2021 SANCION 10 UIT 33MARCO ANTONIO RODRIGUEZ ESPEJO RJ 000211- 2021-JN26/07/2021 SANCION 10 UIT 34MIGUEL ÁNGEL TUPAYACHI PASTOR RJ 000212- 2021-JN26/07/2021 SANCION 10 UIT 35YAMEL DEYSON ROMERO PERALTARJ 000276- 2021-JN30/07/2021 SANCION 10 UIT Artículo Segundo.- PRECISAR que las resoluciones a las que se han hecho mención en el artículo precedente, se encuentran disponibles en el portal institucional www.onpe.gob.pe. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”; en el portal institucional (www.onpe.gob.pe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro de los tres (03) días posteriores a su emisión. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ELAR JUAN BOLAÑOS LLANOS Secretario General 1989578-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan la organización de una empresa bancaria bajo la denominación social de “Banco Bci Perú” RESOLUCIÓN SBS Nº 02454-2021 Lima, 20 de agosto de 2021LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: La solicitud presentada por Banco de Crédito e Inversiones, en calidad de organizador, a través de su representante, la señora Monique Janett Saba Chaluja, para que se autorice la organización de una empresa bancaria bajo la denominación social de “Banco Bci Perú”, y; CONSIDERANDO:Que, el Banco de Crédito e Inversiones en sesión de Directorio del 24 de setiembre de 2019 acordó constituir en la República del Perú, una sociedad anónima bajo la denominación social de “Banco Bci Perú”, en la cual el Banco tendrá una participación de 99.99% del capital; Que, Empresas JY S.A. en sesión de Directorio del 30 de marzo de 2021, aprobó la inversión en la constitución de una sociedad anónima en la República del Perú denominada “Banco Bci Perú”, con una participación del 0.01% del capital; Que, mediante Cartas s/n del 03 de diciembre de 2019 y 13 de mayo de 2021, se hizo de conocimiento la designación de la señora Monique Janett Saba Chaluja, de nacionalidad peruana e identi fi cada con DNI Nº 07228841, como representante de Banco de Crédito e Inversiones y Empresas JY S.A, respectivamente, para efectos de la constitución de la mencionada empresa bancaria y de los trámites administrativos correspondientes; Que, el proyecto de estatuto social de la empresa por constituirse ha sido redactado de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia; Que, el Banco de Crédito e Inversiones y Empresas JY S.A., en calidad de accionistas, presentaron la información requerida por el Procedimiento Nº 1A del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, la misma que se encontró conforme luego de su evaluación; Con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Micro fi nanzas, de Asesoría Jurídica, de Estudios Económicos, de Riesgos y de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera; Contando con la opinión favorable del Banco Central de Reserva del Perú, remitida mediante Carta Nº 032-2021-BCRP recibida el 06 de agosto de 2021; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada por Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias; el Reglamento de Autorización de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, aprobado por Resolución SBS Nº 211-2021; el Procedimiento Nº 1A del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018 y sus modi fi catorias; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349 de la referida Ley General; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la organización de una empresa bancaria bajo la denominación social de “Banco Bci Perú”, para lo cual se aprueba el proyecto de minuta presentado para tal efecto por el organizador, que se devuelve debidamente autenticada con el sello o fi cial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública, debiendo insertarse el Certi fi cado de Autorización al que se re fi ere el tercer artículo de la presente resolución. Artículo Segundo.- Para la autorización de funcionamiento del “Banco Bci Perú” en organización, se deberá cumplir dentro del plazo de ley, con las exigencias establecidas en el Capítulo III del Reglamento de Autorización de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros y otros requerimientos establecidos por esta Superintendencia, los cuales deberán ser comunicados por escrito por el organizador, para efectos de las comprobaciones correspondientes. Artículo Tercero.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certi fi cado de Autorización de Organización, el que deberá ser publicado en el Diario O fi cial El Peruano, de acuerdo a ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 1985227-1