NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (19/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 15
15 NORMAS LEGALES Domingo 19 de setiembre de 2021 El Peruano / Memorando N° 1732-2021-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, la Ley N° 29325), se creó el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, el cual está a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (en adelante, el OEFA) como ente rector y, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Ley, rige para toda persona natural o jurídica, pública o privada, principalmente, para las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local que ejerzan funciones de evaluación, supervisión, fi scalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental; Que, el artículo 7 de la Ley N° 29325 establece que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fi scalización ambiental y ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA, forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las normas de la Ley N° 29325 y otras normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA como ente rector del referido sistema; Que, conforme a lo dispuesto en el literal f) del artículo 4 de los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA”, aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD (en adelante, los Lineamientos), se de fi ne al Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, el PLANEFA) como el instrumento a través del cual cada Entidad de Fiscalización Ambiental plani fi ca las acciones de fi scalización ambiental de su competencia a ser efectuadas durante el año calendario siguiente, las cuales son priorizadas siguiendo los criterios de priorización para las acciones de fi scalización ambiental, establecidos en el artículo 7 de los Lineamientos; Que, el numeral 5.2 del artículo 5 de los Lineamientos prevé que el PLANEFA es formulado de manera coordinada por los órganos de la Entidad de Fiscalización Ambiental que ejercen las acciones de fi scalización ambiental y el órgano que tenga a cargo las funciones de plani fi cación y presupuesto; Que, asimismo, el numeral 8.1 del artículo 8 de los Lineamientos establece que el PLANEFA se aprueba mediante Resolución del titular de la Entidad de Fiscalización Ambiental; Que, de conformidad con los artículos 134 y 164 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, la Dirección General de Asuntos Ambientales y la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones son los órganos de línea responsables de dirigir la ejecución de las acciones de fiscalización ambiental en el Sector Transportes y en el Sector Comunicaciones, respectivamente; Que, con Memorándum N° 1312-2021-MTC/16, la Dirección General de Asuntos Ambientales hace suyo y remite a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones el Informe Técnico N° 035-2021-MTC/16.01.EOR, elaborado por la Dirección de Gestión Ambiental, mediante el cual sustenta y emite opinión favorable sobre la aprobación de la propuesta del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2022 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respecto de las actividades del Sector Transportes; Que, por Memorando N° 0814-2021-MTC/29.01, la Dirección de Fiscalizaciones de Cumplimiento de Normativa en Comunicaciones da la conformidad y remite a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones el Informe N° 0594-2021-MTC/29.01.Lima.A, mediante el cual sustenta y emite opinión favorable sobre la aprobación de la propuesta del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2022 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respecto de las actividades del Sector Comunicaciones; Que, a través del Memorando N° 1378-2021-MTC/29, la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones remite a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto la propuesta del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2022 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, elaborada de manera conjunta por la Dirección General de Asuntos Ambientales y la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones de acuerdo a sus respectivas competencias, y solicita su opinión, adjuntando los informes de sustento y demás antecedentes; Que, por Memorando N° 1732-2021-MTC/09, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 0221-2021-MTC/09.01, elaborado por la Ofi cina de Planeamiento y Cooperación Técnica, mediante el cual emite opinión técnica favorable respecto de la propuesta del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2022 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, recomendando continuar con el trámite de aprobación correspondiente; Que, en consecuencia, corresponde aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental–PLANEFA 2022 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; y los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA”, aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2022 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La ejecución del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2022 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado en el artículo anterior, está a cargo de la Dirección General de Asuntos Ambientales y de la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con sus respectivas competencias y funciones. Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Asuntos Ambientales el registro del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2022 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el aplicativo informático disponible en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental–OEFA, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a su aprobación, conforme a lo dispuesto en el numeral 9.1 del artículo 9 de los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA”, aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la referida Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 1993201-1