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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (27/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de abril de 2022 El Peruano / Exteriores, a las ciudades de Quito y Loja, República del Ecuador, del 26 al 30 de abril de 2022, luego de participar en la reunión del Grupo de Alto Nivel (GAN) de la Alianza del Pací fi co, del 24 al 26 de abril 2022, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; CONSIDERANDO:Que, por razones de fuerza mayor, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Enrique Chávez Basagoitia, Viceministro de Relaciones Exteriores, no podrá continuar con la comisión de servicios a las ciudades de Quito y Loja, República del Ecuador, por lo que su retorno al país se efectuará el 26 de abril de 2022; Que, en consecuencia, se requiere dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0219-2022-RE, de 20 de abril de 2022, en el extremo que autoriza la comisión de servicios del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Enrique Chávez Basagoitia, Viceministro de Relaciones Exteriores, a las ciudades de Quito y Loja, República del Ecuador; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modi fi catorias; y, la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N.º 0219-2022-RE, de 20 de abril de 2022, en el extremo que autoriza el viaje en comisión de servicios del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Enrique Chávez Basagoitia, Viceministro de Relaciones Exteriores, a las ciudades de Quito y Loja, República del Ecuador, del 26 al 30 de abril de 2022, en mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USD Luis Enrique Chávez Basagoitia 359.10 Artículo 3.- Dejar subsistentes los demás extremos de la Resolución Ministerial N.º 0219-2022-RE. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2061689-1 SALUD Modifican artículo y anexo de la R.M. Nº 084-2022-MINSA, mediante la cual se autorizó transferencia financiera a favor de la Contraloría General, para financiar acciones de control concurrente de 5 proyectos de inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 307-2022/MINSA Lima, 25 de abril del 2022VISTO, el Expediente Nº 21-159253-025, que contiene el Proveído Nº 0422-2022-OGPPM-OP/MINSA recaído en el Informe Nº 267-2022-OP-OGPPM/MINSA emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y la Nota Informativa Nº 384-2022-OGAJ/MINSA emitida por la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1341-2021/MINSA de fecha 30 de diciembre de 2021, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, entre otros, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, para el cumplimiento de la Ley Nº 31358, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la misma autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019. Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza. Dichas transferencias fi nancieras en el caso del gobierno nacional se aprueban mediante resolución del titular del pliego, la cual se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 084-2022/ MINSA, de fecha 14 de febrero de 2022, se autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud, hasta por la suma de S/ 2 546 619,00 (DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente de cinco (5) proyectos de inversión a cargo del Pliego 011. Ministerio de Salud, de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo 1: “Transferencia a favor del Pliego 019. Contraloría General” que forma parte integrante de la citada Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 166-2022/MINSA, de fecha 3 de marzo de 2022, se modi fi can el artículo 2 y el Anexo 1: “Transferencia a favor del Pliego 019. Contraloría General” de la Resolución Ministerial Nº 084-2022/MINSA, en atención a las disposiciones contenidas en el Comunicado Nº 003-2022-EF/50.01 “Consideraciones para la aplicación del artículo 4 de la Ley Nº 31358”, emitido por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 007-2022-EF/50.01, de fecha 24 de marzo de 2022, se modi fi ca el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01, de acuerdo a lo