Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (27/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de abril de 2022 El Peruano / Que, el numeral 16.1 del artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Programa Presupuestal es una unidad de programación de las acciones de los pliegos, las que integradas y articuladas se orientan a proveer productos para el logro de resultados u objetivos estratégicos institucionales y permite operacionalizar la estrategia de Presupuesto por Resultados en el Presupuesto del Sector Público; Que, el objetivo del Programa Presupuestal 0121: “Mejora de la articulación de Pequeños Productores al Mercado”, es brindar servicios prioritarios que les permita mejorar su acceso a los mercados, entre ellos, servicios de asistencia técnica y capacitación, para promover la adopción de tecnologías, para fortalecer los mecanismos de asociatividad, gestión comercial, articulación comercial, así como la generación y difusión de información de mercados y promoción de los servicios fi nancieros, para los productores de la agricultura familiar; Que mediante Resolución Ministerial Nº 0053-2020-MINAGRI, se designan a los Equipos Técnicos de los Programas Presupuestales, entre otros, a la Dirección General Agrícola, hoy denominada Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología (DGDAA), como responsable técnico del Programa Presupuestal 0121: “Mejora de la articulación de Pequeños Productores al Mercado”; Que mediante Resolución Ministerial Nº 0355-2021-MIDAGRI, se aprueban dos modelos base de provisión de bienes y servicios: Servicio 1 “Servicio de fortalecimiento de capacidades a productores y productoras agropecuarios para la adopción de tecnologías” y el Servicio 2 “Servicio de fortalecimiento de la Asociatividad Empresarial y Mejora de la articulación comercial de los pequeños y medianos productores agrarios”; Que, mediante el O fi cio Nº 0165-2022-MIDAGRI- DVDAFIR/DGDAA, y Memorando Nº 0182-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA, la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología hace suyo el Informe Técnico Nº 009-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-CTQB, y el Informe Técnico Nº 011-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-CTQB, que sustentan la aprobación del Protocolo para la Implementación Descentralizada del Servicio de asistencia técnica y capacitación vinculado a la Actividad 5006064 y del Servicio de asistencia técnica vinculado a la Actividad 5006067 del Programa Presupuestal 0121 “Mejora de la articulación de Pequeños Productores al Mercado”, el mismo que se encuentra alineado a lo establecido en el marco de los dos modelos de provisión de servicios, aprobados por Resolución Ministerial Nº 0355-2021-MIDAGRI; y que, contribuirá a fortalecer la rectoría del MIDAGRI y el rol de los Gobiernos Regionales, para que mejoren sus capacidades y participen efectivamente en la conducción y la gestión de las Actividades 50060664 y 50060667 del Programa Presupuestal 0121: “Mejora de la articulación de los Pequeños Productores al Mercado”, en el marco de sus competencias; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto ha emitido opinión favorable a la referida propuesta de Protocolo, mediante el Memorando Nº 437-2022-MIDAGRI SG/OGPP, sustentado en el Informe Nº 0039-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OM y el Informe Nº 127-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES, de sus O fi cinas de Modernización y Presupuesto, respectivamente; Que, asimismo, se cuenta con las opiniones favorables a la propuesta, emitidas por la Dirección General de Desarrollo Ganadero, la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros, la Dirección General de Gestión Territorial y la Dirección General de Políticas Agrarias, a través del Memorando Nº 58-2022-MIDAGRI/DVDAFIR-DGDG, el Memorando Nº 0056-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS, el Memorando Nº 124-2022-MIDAGRI-DVPSDA/DGGT-DAII, y el Memorando Nº 077-2022-MIDAGRI-DVPSDA/DGPA-DIPNA, respectivamente; Que, por lo expuesto resulta necesario aprobar el documento denominado Protocolo para la implementación descentralizada del Servicio de asistencia técnica y capacitación vinculado a la Actividad 5006064 y del Servicio de asistencia técnica vinculado a la Actividad 5006067 del Programa Presupuestal 0121 “Mejora de la articulación de Pequeños Productores al Mercado”, así como emitir disposiciones para su implementación progresiva; Con la visación del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, del Director General de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología, del Director General de la Dirección General de Desarrollo Ganadero, de la Directora General de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros, del Director General de la Dirección General de Gestión Territorial, del Director General de la Dirección General de Políticas Agrarias, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y, del Director General de la O fi cina General Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución Ministerial Nº 0053-2020-MINAGRI, que designa a los Equipos Técnicos de los Programas Presupuestales; la Resolución Ministerial Nº 0355-2021-MIDAGRI, que aprueba dos modelos base de provisión de bienes y servicios; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el documento denominado Protocolo para la implementación descentralizada del Servicio de asistencia técnica y capacitación vinculado a la Actividad 5006064 y del Servicio de asistencia técnica vinculado a la Actividad 5006067 del Programa Presupuestal 0121 “Mejora de la articulación de Pequeños Productores al Mercado”, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Para la implementación progresiva del Protocolo aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego a través de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología, veri fi ca que los Gobiernos Regionales, cumplan con la capacidad operativa, el nivel de desarrollo del servicio u otras condiciones que se establezcan para la prestación de los servicios referidos en el Protocolo. La Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología, en su calidad de responsable técnico del Programa Presupuestal 0121: “Mejora de la articulación de Pequeños Productores al Mercado”, mediante Resolución Directoral, aprueba el listado de Gobiernos Regionales que son parte de la implementación progresiva a través de sus respectivas Direcciones Regionales Agrarias o las que hagan sus veces. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y el Protocolo para la implementación descentralizada del Servicio de asistencia técnica y capacitación vinculado a la Actividad 5006064 y del Servicio de asistencia técnica vinculado a la Actividad 5006067 del Programa Presupuestal 0121 “Mejora de la articulación de Pequeños Productores al Mercado” en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri) en la misma fecha de publicación de la Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ZEA CHOQUECHAMBI Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2061479-2 Aprueban una (01) Ficha de Homologación denominada “Chompa escolar unisex 30% alpaca y 70% acrílico” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0152-2022-MIDAGRI Lima, 25 de abril de 2022