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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (06/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Sábado 6 de agosto de 2022 El Peruano / Que, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 27170, Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, la Empresa Estatal Servicio de Mantenimiento del Perú Sociedad Anónima Cerrada - SEMAN PERÚ S.A.C., se encuentra bajo el ámbito de regulación del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE; Que, el literal d.7) de la Directiva Corporativa de Gestión Empresarial, aprobada por Acuerdo de Directorio N° 003-2018/006-FONAFE establece que se podrán solventar los pasajes y los viáticos que se generen por comisión de servicio dentro y fuera del país, siempre y cuando que estos viajes hayan sido autorizados por acuerdo de Directorio de la Empresa u órgano equivalente; Que, a través del correo electrónico de fecha 22 de julio de 2022, la Gerencia de Comercialización y Negocios del SEMAN PERÚ SAC remitió a la compañía Air Class Líneas Aéreas la cotización para la lectura de parámetros del FDR, aplicables a las aeronaves B727-200, matrículas CX-CAR y CX-CLC, a fi n de que asuman los gastos por concepto de pasajes aéreos de ida y vuelta, propuesta que fue aceptada por la citada compañía mediante el correo electrónico de fecha 1 de agosto de 2022; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos suscrita por el Jefe de Planeamiento y Presupuesto del SEMAN PERÚ SAC, los gastos por concepto de viáticos en comisión de servicio en el exterior se efectuarán con cargo al Presupuesto del Año Fiscal 2022 del SEMAN PERÚ SAC, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestal, el Jefe de Planeamiento y Presupuesto del SEMAN PERÚ SAC detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Nº 434-2022-SEMSAC/GG, la Gerencia General del Servicio de Mantenimiento del Perú SAC solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del TC3 FAP Oswaldo Jesús VÁSQUEZ TIPIAN, del TIP FAP (R) Rodolfo PALACIOS RÍOS y del TIP FAP (R) Juan Alberto SECHAR GALINDO, para que realicen lectura de parámetros del FDR, aplicables a las aeronaves B727-200, matrículas CX-CAR y CX-CLC de la compañía Air Class Líneas Aéreas, a llevarse a cabo en la República Oriental del Uruguay, del 8 al 10 de agosto de 2022, autorizando su salida del país el 7 de agosto y su retorno el 11 de agosto de 2022; Que, a través del O fi cio N° 01794-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN, en atención al Informe Técnico N° 362-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes, indicando que el mismo se encuentra conforme a los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa; Que, mediante el Informe Legal N° 01222-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa, considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del TC3 FAP Oswaldo Jesús VÁSQUEZ TIPIAN, del TIP FAP (R) Rodolfo PALACIOS RÍOS y del TIP FAP (R) Juan Alberto SECHAR GALINDO, para que realicen lectura de parámetros del FDR, aplicables a las aeronaves B727- 200, matrículas CX-CAR y CX-CLC de la compañía Air Class Líneas Aéreas, a llevarse a cabo en la República Oriental del Uruguay, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Secretaría General, del Servicio de Mantenimiento del Perú SAC; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del TC3 FAP Oswaldo Jesús VÁSQUEZ TIPIAN, identi fi cado con DNI Nº 41325929, del TIP FAP (R) Rodolfo PALACIOS RÍOS, identi fi cado con DNI Nº 43423357 y del TIP FAP (R) Juan Alberto SECHAR GALINDO, identi fi cado con DNI Nº 22180862, para realizar lectura de parámetros del FDR, aplicables a las aeronaves B727-200, matrículas CX-CAR y CX-CLC de la compañía Air Class Líneas Aéreas, a llevarse a cabo en la República Oriental del Uruguay, del 8 al 10 de agosto de 2022, autorizando su salida del país el 7 de agosto y su retorno el 11 de agosto de 2022. Artículo 2.- La empresa SEMAN PERÚ SAC efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos: Viáticos: US$ 370.00 x 3 personas x 3 días US$ 3,330.00 ------------------- Total a pagar: US$ 3,330.00 Artículo 3.- El personal autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2093230-1 Designan Inspector General del Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0734-2022-DE Lima, 5 de agosto de 2022 VISTOS: El O fi cio N° 00623-2022-MINDEF/JG, de la Jefatura de Gabinete del Despacho Ministerial; el Ofi cio N° 02903-2022-MINDEF/VRD-DGRRHH, de la Dirección General de Recursos Humanos; el Informe N° 00205-2022-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEC, de la Dirección de Personal Civil; y, el Informe Legal N° 01237-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación en cargos de con fi anza, distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada norma, se efectúa mediante resolución ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente;