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20 NORMAS LEGALES Sábado 6 de agosto de 2022 El Peruano / programación de necesidades, programación y desarrollo del abastecimiento, almacenamiento y distribución de los recursos estratégicos en Salud; Que, el literal c) del artículo 122 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud tiene, entre otras funciones, la de realizar el proceso de homologación de recursos estratégicos en salud, mediante la uniformización de los requerimientos, cuando sea necesario y de acuerdo a la normativa de la materia; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, dispone que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias, a través de un proceso de homologación, debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos, conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS. Una vez aprobadas, las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación; Que, los numerales 30.1 y 30.2 del artículo 30 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias, señalan que mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de califi cación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERÚ COMPRAS, precisando que el uso de la fi cha de homologación es obligatorio a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, siempre que no se haya convocado el procedimiento de selección correspondiente; Que, de conformidad con el numeral 31.1 del artículo 31 del precitado Reglamento, la aprobación de la fi cha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, siendo la referida facultad del Titular indelegable; asimismo, dichos actos cuentan con la opinión favorable de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, por su parte, el numeral 31.2 del citado artículo señala que el proyecto de Ficha de Homologación se prepublica en el portal institucional de la Entidad que realiza la homologación, de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y en el SEACE, a fi n de recibir comentarios, recomendaciones y observaciones sobre su contenido, por un periodo mínimo de diez (10) días hábiles, contando la Entidad con un plazo de diez (10) días hábiles para evaluar y, de ser el caso, modi fi car el proyecto de fi cha de homologación; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERÚ COMPRAS, de fecha 14 de julio de 2020, se aprueba la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS “ Proceso de Homologación de Requerimientos ”, con el objetivo de establecer disposiciones generales y especí fi cas que regulen el proceso de homologación de requerimientos, que realizan los Ministerios en el ámbito de sus competencias, priorizando aquellos que sean de contratación recurrente, de uso masivo y/o aquellos identi fi cados como estratégicos; Que, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8.10 y 8.13 de la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS, una vez concluidas las actividades de prepublicación del proyecto de Ficha de Homologación y evaluación de comentarios, recomendaciones y observaciones, la Entidad solicitará a la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS emitir opinión respecto de la viabilidad del proyecto de Ficha de Homologación, presentando su Expediente de Solicitud de Opinión; y, contando con la opinión favorable de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, la Ficha de Homologación será aprobada mediante resolución del Titular de la Entidad solicitante, la cual deberá publicarse en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, respecto al procedimiento correspondiente para la aprobación del proyecto de Ficha de Homologación, el numeral 8.13 de la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS establece que el Ministerio inicia el procedimiento que corresponda para su aprobación, el cual deberá realizarse en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de recibida la noti fi cación de la opinión favorable por parte de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, asimismo, el numeral 8.13.2 de la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS establece que el Ministerio, bajo responsabilidad del Titular, deberá remitir a la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, el mismo día de publicada en el Diario O fi cial El Peruano, la Resolución y la Ficha de Homologación aprobada, a efectos de gestionar su incorporación en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes”, publicada en el portal de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; Que, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, en el marco de sus funciones, elaboró el proyecto de Ficha de Homologación de: “Respirador quirúrgico tipo N95”; Que, mediante Informe Nº 000124-2022-PERÚ COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS emite opinión favorable sobre el proyecto de Ficha de Homologación de: “Respirador quirúrgico tipo N95”, al cumplir con los lineamientos y requisitos establecidos para su formulación; Que, mediante Memorándum Nº D000058-2022-DG- CENARES/MINSA sustentado en la Nota Informativa Nº D000010-2022-DP-CENARES/MINSA, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud solicita la aprobación del proyecto de Fichas de Homologación de: “Respirador quirúrgico tipo N95”; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Nota Informativa Nº D000009-2022-OGAJ-MINSA, emite opinión legal con relación a la aprobación del proyecto de Ficha de Homologación solicitada, señalando que resulta legalmente procedente continuar con el trámite de suscripción del acto resolutivo que lo formalice; Con el visado del Director General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General (e) y del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS “Proceso de Homologación de Requerimientos”, aprobada por la Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERÚ COMPRAS; el Decreto Legislativo Nº 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Ficha de Homologación de “Respirador quirúrgico tipo N95”, cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, conforme al siguiente detalle: Nº Código CUBSO Denominación del Bien 1 4213171300390263 “Respirador quirúrgico tipo N95” Artículo 2.- Disponer que la Secretaría General remita a la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, el mismo día de publicación de la presente resolución, la Ficha de Homologación aprobada mediante el artículo 1, a efectos de gestionar su incorporación en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” publicada en el portal de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2093128-1