TEXTO PAGINA: 13
13 NORMAS LEGALES Sábado 6 de agosto de 2022 El Peruano / básicas de calidad son requerimientos mínimos para la provisión del servicio educativo en las instituciones de Educación Superior y pueden actualizarse de acuerdo con las normas que emita el Ministerio de Educación; su cumplimiento es necesario para el licenciamiento del Instituto de Educación Superior y la Escuela de Educación Superior, de sus programas de estudios, de sus fi liales y sus locales; y contemplan los aspectos detallados en el artículo 25 de la Ley; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el citado numeral 57.1 del Reglamento de la Ley, las condiciones básicas de calidad se desarrollan en la norma que emite el Ministerio de Educación, la que establece componentes, indicadores, medios de veri fi cación y otros necesarios para la veri fi cación de su cumplimiento; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley, dispone, entre otros aspectos, que los Institutos de Educación Superior Pedagógica deben solicitar su licenciamiento como Escuelas de Educación Superior Pedagógica, de acuerdo a lo establecido en los artículos 24 y 24-A de la Ley y su reglamento, y según el cronograma que apruebe el Ministerio de Educación. Para dicho efecto, las condiciones básicas de calidad son las mismas que establece el Ministerio de Educación para el licenciamiento; Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 227-2019-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Condiciones Básicas de Calidad para el Procedimiento de Licenciamiento de las Escuelas de Educación Superior Pedagógica”, la cual establece las condiciones básicas de calidad, componentes, indicadores, medios de veri fi cación, criterios de cumplimiento y formatos requeridos para los procedimientos de licenciamiento de las Escuelas de Educación Superior Pedagógica, de sus programas de estudios y fi liales, de renovación de licenciamiento y de licenciamiento para la adecuación de Institutos de Educación Superior Pedagógica a Escuelas de Educación Superior Pedagógica, públicos y privados; Que, asimismo, a través de la Resolución Viceministerial Nº 082-2019-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la elaboración de los Instrumentos de Gestión de las Escuelas de Educación Superior Pedagógica”; la misma que establece las de fi niciones, la estructura mínima y los criterios para la elaboración de los instrumentos de gestión, que contribuya al aseguramiento de las condiciones básicas de calidad en la prestación del servicio educativo de las Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicas y privadas; Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante el O fi cio Nº 00467-2022-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 00271-2022-MINEDU-VMGP- DIGEDD-DIFOID, complementado con los Informes Nº 00338-2022-MINEDU-VMGP-DIGEDD-DIFOID y Nº 00835-2022-MINEDU-VMGP-DIGEDD-DIFOID elaborados por la Dirección de Formación Inicial Docente, dependiente de la referida Dirección General, a través de los cuales sustenta la necesidad de aprobar el Documento Normativo denominado “Disposiciones que regulan la evaluación de las Condiciones Básicas de Calidad con fi nes de licenciamiento de las Escuelas de Educación Superior Pedagógica” (en adelante, el documento normativo) y de derogar las Resoluciones Viceministeriales Nº 227-2019-MINEDU y Nº 082-2019-MINEDU; Que, el documento normativo tiene por objetivo desarrollar las disposiciones que regulan la evaluación de las condiciones básicas de calidad, cuyo cumplimiento es necesario para el licenciamiento de las Escuelas de Educación Superior Pedagógica, de sus programas de estudios, fi liales y locales, y el licenciamiento para la adecuación de Institutos de Educación Superior Pedagógica a Escuelas de Educación Superior Pedagógica, públicas y privadas; Que, de acuerdo con los Informes Nº 00271-2022-MINEDU-VMGP-DIGEDD-DIFOID y Nº 00835-2022-MINEDU-VMGP-DIGEDD-DIFOID, resulta necesario derogar las Resoluciones Viceministeriales Nº 227-2019-MINEDU y Nº 082-2019-MINEDU; asimismo, de acuerdo con el Informe Nº 00271-2022-MINEDU- VMGP-DIGEDD-DIFOID, el documento normativo cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Infraestructura Educativa, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional; Que, a través del Informe N° 00657-2022-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, considera técnicamente factible aprobar el documento normativo; Que, asimismo, con Informe Nº 00856-2022-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre el documento normativo y recomienda continuar con el trámite correspondiente para su aprobación; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 008-2022-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; en la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes; en el Reglamento de la Ley Nº 30512, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante la Resolución Ministerial Nº 008-2022-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Derogar la Resolución Viceministerial Nº 082-2019-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la elaboración de los Instrumentos de Gestión de las Escuelas de Educación Superior Pedagógica”. Artículo 2.- Derogar la Resolución Viceministerial Nº 227-2019-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Condiciones Básicas de Calidad para el Procedimiento de Licenciamiento de las Escuelas de Educación Superior Pedagógica”. Artículo 3.- Aprobar el Documento Normativo denominado “Disposiciones que regulan la evaluación de las Condiciones Básicas de Calidad con fi nes de licenciamiento de las Escuelas de Educación Superior Pedagógica”; el mismo que, como anexo, forma parte de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA Viceministro de Gestión Pedagógica 2092830-1 Modifican la Norma Técnica denominada “Disposiciones que definen, estructuran y organizan el proceso de optimización de la oferta educativa de la Educación Superior Tecnológica Pública” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 098-2022-MINEDU Lima, 4 de agosto de 2022 VISTOS, el Expediente Nº 0152127-2022, el Informe Nº 00024-2022-MINEDU-VMGP-DIGESUTPA-DIGEST, complementado con el Informe Nº 00028-2022-MINEDU-