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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (28/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Domingo 28 de agosto de 2022 El Peruano / para que en representación de PROMPERÚ, realice acciones de promoción del turismo en el evento antes señalado; Que, la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a los recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Fanny Thivierge Bernuy, a las ciudades de Quito, Cuenca y Guayaquil, República del Ecuador, del 29 de agosto al 2 de setiembre de 2022, para que en representación de PROMPERÚ, lleve a cabo diversas acciones de promoción de Turismo en el evento antes mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellido sPasajes aéreos Clase Económica US$Zona Geográ fi caViáticos día US$Nro. díasTotal Viáticos US$ Fanny Thivierge Bernuy1 222,67América del Sur370,00 5 1 850,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará al Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2100153-1 Declaran Ganadores Beneficiarios del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA 2022-I” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 226-2022-MINCETUR Lima, 26 de agosto de 2022VISTOS, el Informe N° 06-2022-FVLL y el Informe N° 042-2022-MINCETUR/VMT/DGA/DCITAT-AMD de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía, el Memorándum N° 1267-2022-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo; el Informe N° 0285-2022-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; y, el Memorándum N° 896-2022-MINCETUR/SG/OGOPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 2 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, establece que el referido Ministerio, en materia de turismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía; Que, el artículo 3 del Reglamento de Organizaciones y Funciones – ROF del MINCETUR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2002-PCM y sus modi fi catorias, establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1475, Decreto Legislativo que dispone la Reactivación y Promoción de la Actividad Artesanal a cargo del MINCETUR, en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19, se dispone establecer medidas que permitan la reactivación y promoción económica de la actividad artesanal a cargo del MINCETUR; Que, mediante la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se autoriza al MINCETUR para el Año Fiscal 2022, a otorgar subvenciones a otorgamiento de subvenciones a favor de los ganadores bene fi ciarios del Concurso Público llevado a cabo en el marco de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal con el fi n de promover la producción, promoción, comercialización y/o articulación comercial de artesanías, para tal efecto, el MINCETUR, mediante Resolución Ministerial, aprueba la “Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 126-2022-MINCETUR, se aprueba la “Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA 2022-I”, la cual tiene por fi nalidad determinar las condiciones para el otorgamiento de subvenciones concursables a favor de unidades económicas artesanales, integradas por personas naturales con negocio y personas jurídicas bene fi ciarias de la presente Estrategia; Que, el numeral 7.1 de la referida Estrategia, establece que son gestores de la Estrategia, el Comité Interno de Selección y la Coordinación Técnica, estableciéndose sus funciones en los numerales 7.3 y 7.6 de la “Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA 2022-I” respectivamente. En ese sentido, el Comité Interno de Selección en la Primera Sesión de dicho Comité, aprueba las Bases del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA 2022-I y con ello el Cronograma de las etapas del Concurso Público de conformidad con lo dispuesto en el literal a) del numeral 7.3 de la citada Estrategia; Que, en la Cuarta Sesión de Comité Interno de Selección, dicho Comité selecciona a las postulaciones Elegibles, publicándose dicho listado en el Portal Web Institucional del MINCETUR de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.2.4 de las Bases del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA 2022-I y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.7.2.3 de la citada Estrategia; Que, en la Quinta Sesión de Comité Interno de Selección, dicho Comité aprueba la sustitución de postulaciones declaradas Elegibles, conforme al orden de prelación publicándose el listado fi nal en el Portal Web Institucional del MINCETUR de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.2.5 de las Bases del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA 2022-I y de