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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (28/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Domingo 28 de agosto de 2022 El Peruano / Que, por O fi cio Nº 000880-2021-CG/SGE, la Contraloría General de la República ha comunicado que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31358, ha identi fi cado y priorizado diversos gastos de inversión que se vienen ejecutando por el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, por lo que, a efectos de ejecutar las acciones de control concurrente de dichas inversiones, solicita a este Ministerio efectuar una Transferencia Financiera a favor de dicha entidad, con cargo a su presupuesto institucional; Que, mediante el Informe N° 377-2022-MIDAGRISG/ OGPP-OPRES de la O fi cina de Presupuesto remitido con el Memorando N° 1402-2022-MIDAGRI-SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del MIDAGRI, se propone gestionar una transferencia fi nanciera para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 1 283 301,00 (Un Millón Doscientos Ochenta y Tres Mil Trescientos Uno y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente del proyecto de inversión 2471146: Mejoramiento y ampliación de los servicios públicos para el desarrollo productivo local en los ámbitos de la Sierra y Selva del Perú – AVANZAR RURAL – 5 departamentos, a cargo de la Unidad Ejecutora 011: Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRORURAL, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, precisando que dicha entidad cuenta con recursos disponibles en su Presupuesto Institucional, en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, en la Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias” y especí fi ca de gasto 2.4.2.3.1.1 “A otras unidades del Gobierno Nacional”; Que, la citada transferencia fi nanciera cuenta con la opinión favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emitida con el Memorando N° 1402-2022-MIDAGRI-SG/OGPP; Con las visaciones de la Secretaria General, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Que, de conformidad con la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley N° 31075, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, hasta por la suma de S/ 1 283 301,00 (Un Millón Doscientos Ochenta y Tres Mil Trescientos Uno y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente de una (01) inversión a cargo de la Unidad Ejecutora 011. Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURAL, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 precedente, se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 013 Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego para el Año Fiscal 2022, Unidad Ejecutora 011. Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRORURAL, Categoría Presupuestal 0121. Mejora de la Articulación de Pequeños Productores al Mercado, Proyecto 2471146. Mejoramiento y ampliación de los servicios públicos para el desarrollo productivo local en los ámbitos de la Sierra y Selva del Perú – AVANZAR RURAL – 5 departamentos, Actividad de Inversión 6000053. Control Concurrente, Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias”, especí fi ca de gasto 2.4.2.3.1.1 “A otras unidades del Gobierno Nacional”, Gasto de Capital, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 1 283 301,00 (Un Millón Doscientos Ochenta y Tres Mil Trescientos Uno y 00/100 Soles). Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y, en la misma fecha, en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri). Regístrese, comuníquese y publíquese.ANDRÉS RIMSKY ALENCASTRE CALDERÓN Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2100158-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 DECRETO SUPREMO Nº 199-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los Pliegos que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el Pliego habilitado cuente con productos del mismo programa o, en caso no cuente con los mismos productos, cuente con el mismo Programa Presupuestal orientado a Resultados, salvo para las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional que se autoricen para la elaboración de encuestas, censos o estudios que se requieran para el diseño, seguimiento y evaluación del desempeño en el marco del Presupuesto por Resultados; dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público, siendo que cada Pliego presupuestario que trans fi era recursos en el marco del citado artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y veri fi cación del cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron transferidos los recursos, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de los mismos; Que, mediante O fi cios N° 1229-2022 y 1436-2022-MIDAGRI/SG, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego solicita una Transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, a favor de diversos Gobiernos Regionales, para fi nanciar la implementación de las actividades 5006064 y 5006067 del Programa Presupuestal 0121, en el marco de lo establecido en el “Protocolo para la implementación descentralizada del Servicio de asistencia técnica y capacitación vinculado a la actividad 5006064 y del Servicio de asistencia técnica vinculado a la Actividad 5006067 del Programa Presupuestal 0121 Mejora de la articulación de Pequeños Productores al Mercado” aprobado mediante Resolución Ministerial N° 150-2022-MIDAGRI, adjuntando, para dicho efecto, los Memorandos N° 993-