Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (28/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Domingo 28 de agosto de 2022 El Peruano / 2022 y 1236-2022-MIDAGRI-SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego que adjuntan los Informes N° 272-2022 y 344-2022-MIDAGRI-SG-OGPP/OPRES de la O fi cina de Presupuesto del citado Ministerio; así como el O fi cio N° 0929-2022-MIDAGRI-SG/OGPP de la citada Ofi cina General, mediante el cual remiten información complementaria. Que, mediante el Informe N° 0128-2022-EF/50.05, la Dirección General de Presupuesto Público señala que la modi fi cación presupuestaria cumple con las condiciones establecidas en el numeral 49.1 del artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 9 935 547,00 (NUEVE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor de diversos Gobiernos Regionales, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 9 935 547,00 (NUEVE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, a favor de diversos Gobiernos Regionales, para fi nanciar acciones según lo establecido en el “Protocolo para la implementación descentralizada del Servicio de asistencia técnica y capacitación vinculado a la actividad 5006064 y del Servicio de asistencia técnica vinculado a la Actividad 5006067 del Programa Presupuestal 0121 Mejora de la articulación de Pequeños Productores al Mercado” aprobado mediante Resolución Ministerial N° 150-2022-MIDAGRI, en el marco del artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 013 : Ministerio de Desarrollo Agrario y RiegoUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración CentralCATEGORIA PRESUPUESTARIA 0121 : Mejora de la articulación de pequeños productores al mercadoPRODUCTO 3000630 : Productores agropecuarios adoptan paquetes tecnológicos adecuadosACTIVIDAD 5006064 : Asistencia técnica y capacitación a productores para la adopción de paquetes tecnológicosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 9 046 257,00 PRODUCTO 3000825 : Productores agropecuarios mejoran sus capacidades comerciales gestionando empresarialmente hacia el mercadoACTIVIDAD 5006067 : Formación de organizaciones de productores con fi nes comercialesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 889 290,00 ============ TOTAL EGRESOS 9 935 547,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos RegionalesCATEGORIA PRESUPUESTARIA 0121 : Mejora de la articulación de pequeños productores al mercadoPRODUCTO 3000630 : Productores agropecuarios adoptan paquetes tecnológicos adecuadosACTIVIDAD 5006064 : Asistencia técnica y capacitación a productores para la adopción de paquetes tecnológicosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 8 877 057,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 169 200,00 PRODUCTO 3000825 : Productores agropecuarios mejoran sus capacidades comerciales gestionando empresarialmente hacia el mercadoACTIVIDAD 5006067 : Formación de organizaciones de productores con fi nes comercialesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 889 290,00 ============ TOTAL EGRESOS 9 935 547,00 ============ 1.2 Los Pliegos habilitados en el numeral 1.1 y los montos de la Transferencia de Partidas por Unidades Ejecutoras, se consignan en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y de los Pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas a la que se re fi ere el numeral 1.1 del artículo 1, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para la Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.