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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (06/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 78

TEXTO PAGINA: 77

77 NORMAS LEGALES Martes 6 de diciembre de 2022 El Peruano / Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del artículo 200° de la Constitución Política del Perú y en concordancia con el segundo párrafo de la norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, el Concejo Municipal ejerce su función normativa a través de ordenanzas; Que, de conformidad con el artículo 1° del Decreto Supremo N° 156-2004-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, es de interés nacional la racionalización del sistema tributario municipal, a fi n de simpli fi car la administración de los tributos que constituyan renta de los Gobiernos Locales y optimizar su recaudación; Que, de conformidad con el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, concordante con la Norma IV del título preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 133–2013–EF, y lo estipulado en el artículo 60° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Supremo N° 156–2004–EF, se establece que los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como otorgan exoneraciones dentro de su jurisdicción y bajo los límites que señala la ley; Que, mediante el Informe N° 094–2022–GATR/ MDLP emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de fecha 17 de noviembre de 2022, Informe N° 163-2022-SGPPM-GPPM/MDLP emitido por la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de fecha 22 de noviembre de 2022, Memorándum N° 927-2022-GPPM/MDLP emitido por Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Modernización de fecha 23 de noviembre de 2022, Informe N° 893-2022-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 24 de noviembre de 2022 que emite opinión legal procedente y Memorándum N° 1213-2022-GM-MDLP emitido por Gerencia Municipal de fecha 24 de noviembre de 2022, los mismos que señalan la conformidad y procedencia para su aprobación por el Pleno del Concejo Municipal; Que, mediante Dictamen N° 022–2022 de fecha 25 de noviembre de 2022, la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto, resolvió aprobar por UNANIMIDAD y declarar viable el proyecto de “ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE LA AMNISTÍA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA - EJERCICIO 2022 DEL DISTRITO DE LA PERLA” amparado en los documentos señalados en el párrafo anterior; Que, estando a lo expuesto y ejerciendo las facultades conferidas en los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME de sus miembros y con dispensa de la lectura y aprobación de Acta, el Pleno del Concejo Municipal ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE LA AMNISTÍA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA - EJERCICIO 2022 DEL DISTRITO DE LA PERLA” Artículo 1°.- OBJETO La presente ordenanza tiene como objeto otorgar bene fi cios tributarios y no tributarios a los contribuyentes y administrados de la Municipalidad Distrital de La Perla, que registren deudas vencidas y las que puedan generar durante la vigencia de la presente ordenanza, por obligaciones tributarias en materia de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias; y por obligaciones no tributarias en lo referente a Multas Administrativas. Artículo 3º.- FINALIDAD Brindar bene fi cios tributarios y no tributarios a los contribuyentes y administrados del distrito de La Perla, para el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias en las circunstancias actuales que aun vivimos producto del Estado de Emergencia Sanitaria a Nivel Nacional. Artículo 3°.- DE LOS INCENTIVOS Otórguese a favor de los contribuyentes y/o administrados incentivos tributarios y no tributarios para el ejercicio fi scal 2022 en la Municipalidad Distrital de La Perla; teniendo en cuenta el siguiente detalle: 1. DEL PAGO AL CONTADO: 1.1 IMPUESTO PREDIALPor el pago anual del ejercicio 2022, se condonará el 100% de los intereses moratorios, a todos los contribuyentes y/o administrados del distrito de La Perla. 1.2 ARBITRIOS MUNICIPALESPor el pago de cada ejercicio fi scal adeudado ya sea de manera anual o mensual, se condonará el 100% de los intereses moratorios. Adicionalmente tendrán un descuento en el monto insoluto de los arbitrios municipales en cada ejercicio fi scal los contribuyentes y/o administrados que no registren deudas tributarias pendientes de pago del Impuesto Predial 2022; de acuerdo al siguiente detalle: a) PARA USO CASA HABITACIÓN: TRAMOS CONDICIONESARBITRIOS BENEFICIOS PERIODO 01Por la cancelación total – anual del Impuesto Predial Ejercicio Fiscal 2022 (04 Trimestres)70% del Monto Insoluto por el Pago Total y/o Parcial Ejercicio 2011 – 2017 02Por la cancelación total – anual del Impuesto Predial Ejercicio Fiscal 2022 (04 Trimestres)50% del Monto Insoluto por el Pago Total y/o ParcialEjercicio 2018 – 2021 03Por la cancelación total – anual del Impuesto Predial Ejercicio Fiscal 2022 (04 Trimestres)30% del Monto Insoluto por el Pago Total y/o Parcial Ejercicio 2022 b) PARA USO DISTINTO DE CASA HABITACIÓN: TRAMOS CONDICIONESARBITRIOS BENEFICIOS PERIODO 01Por la cancelación total – anual del Impuesto Predial Ejercicio Fiscal 2022 (04 Trimestres)60% del Monto Insoluto por el Pago Total y/o Parcial Ejercicio 2011 – 2017 02Por la cancelación total – anual del Impuesto Predial Ejercicio Fiscal 2022 (04 Trimestres)40% del Monto Insoluto por el Pago Total y/o ParcialEjercicio 2018 – 2021 03Por la cancelación total – anual del Impuesto Predial Ejercicio Fiscal 2022 (04 Trimestres)20% del Monto Insoluto por el Pago Total y/o Parcial Ejercicio 2022 c) PARA PENSIONISTAS Y ADULTOS MAYORES: USO TRAMO CONDICIONESARBITRIOS BENEFICIOS PERIODO CASA HABITACION01Por la cancelación del derecho de emisión Ejercicio Fiscal 202250% del Monto Insoluto por el Pago Total y/o ParcialEjercicio 2011 – 2017 02Por la cancelación del derecho de emisión Ejercicio Fiscal 202240% del Monto Insoluto por el Pago Total y/o ParcialEjercicio 2018 – 2021 03Por la cancelación del derecho de emisión Ejercicio Fiscal 202230% del Monto Insoluto por el Pago Total y/o ParcialEjercicio 2022