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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (06/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 78

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Martes 6 de diciembre de 2022 El Peruano / candidata a regidora Nº 12 y en la solicitud de inscripción aparece como candidata a regidora Nº 4. 2.2. Sin embargo, de los actuados se advierte que, si bien existe diferencia entre el orden en el que fueron consignados los candidatos en la solicitud de inscripción y el orden en el que aparecen en los resultados de ONPE; no se aprecia esta misma diferencia entre el acta de elección interna presentada con la solicitud de inscripción y los resultados de ONPE, siendo estas dos últimas iguales, conforme se detalla en el siguiente cuadro:Jurado Nacional de Elecciones CANDIDATURA A RESULTADOS DE ONPE ACTA DE ELECCIÓN INTERNA SOLICITUD DE INCRIPCIÓN ALCALDE Manuel Jesús Arteaga Matos Manuel Jesús Arteaga Matos Manuel Jesús Arteaga Matos REGIDOR 1 Carlos Roberto Meneses Tello Carlos Roberto Meneses Tello Carlos Roberto Meneses Tello REGIDOR 2 Anita Lucía Anglas Cajahuaman Anita Lucía Anglas Cajahuaman Anita Lucía Anglas Cajahuaman REGIDOR 3 Mao Brando Escobar Vílchez Mao Brando Escobar Vílchez Mao Brando Escobar Vílchez REGIDOR 4 Sharon Isabel Inga Macuri Sharon Isabel Inga Macuri Nori Lupita Silvestre Urbano REGIDOR 5 Zeus Apolo Damas Mauricio Zeus Apolo Damas Mauricio Zeus Apolo Damas Mauricio REGIDOR 6 Rayza Esthefi Avellaneda Quispe Rayza Esthefi Avellaneda Quispe Rayza Esthefi Avellaneda Quispe REGIDOR 7 Cristian Robert Huincho Osorio Cristian Robert Huincho Osorio Cristian Robert Huincho Osorio REGIDOR 8 Naciraliz Karina Salazar Arizapana Naciraliz Karina Salazar Arizapana Sharon Isabel Inga Macuri REGIDOR 9 Juan Carlos Villafani Arenas Juan Carlos Villafani Arenas Juan Carlos Villafani Arenas REGIDOR 10 Marlit Némesis Márquez Cerrón Marlit Némesis Márquez Cerrón Marlit Némesis Márquez Cerrón REGIDOR 11 Moisés Reyes Ricalde Moisés Reyes Ricalde Moisés Reyes Ricalde REGIDOR 12 Nori Lupita Silvestre Urbano Nori Lupita Silvestre Urbano Naciraliz Karina Salazar Arizapana REGIDOR 13 Ian Francisco Balta Vergara Ian Francisco Balta Vergara Ian Francisco Balta Vergara REGIDOR 14 Milagros Andrea Huamán Ormaeche Milagros Andrea Huamán Ormaeche Liliana Mónica Julca Aire REGIDOR 15 Francisco Alberto Vílchez Samaniego Francisco Alberto Vílchez Samaniego Francisco Alberto Vílchez Samaniego CANDIDATOS PARA EVENTUAL REEMPLAZO 16 Liliana Mónica Julca Aire 2.3. Asimismo, se observa que doña Sharon Isabel Inga Macuri y doña Naciraliz Karina Salazar Arizapana sí participaron en las elecciones internas realizadas el 22 de mayo de 2022, puesto que sus nombres fi guran en la única lista que fue registrada por la organización política Renovación Popular en el sistema Declara Internas (Lista N.°1) y que fi nalmente fue elegida en la mencionada fecha, mediante elección por delegados. Esta información es posible visualizar en la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones. 2.4. Ahora bien, lo que sí se observa es que doña Nori Lupita Silvestre Urbano, doña Sharon Isabel Inga Macuri y doña Naciraliz Karina Salazar Arizapana fi guran en la solicitud de inscripción en las posiciones de los candidatos a regidor N.os 4, 8 y 12, respectivamente; mientras que en el acta de elección interna adjuntada a la solicitud de inscripción y en los resultados de ONPE la primera fi gura en la posición de la candidata a regidor Nº 12, la segunda en la posición de la candidata a regidor Nº 4 y la tercera en la posición de la candidata a regidor Nº 8. Es decir, se aprecian a las mismas candidatas, pero en un orden distinto en el formato de solicitud de inscripción. 2.5. Por otro lado, también se observa que en el formato de solicitud de inscripción se ha consignado a doña Liliana Mónica Julca Aire, candidata para eventual reemplazo, en la posición de la candidata a regidora Nº 14, esto es, en el lugar de doña Milagros Andrea Huamán Ormaeche, inconsistencia que no fue advertida por el JEE, pero si ha sido mencionada por el señor recurrente en su escrito de apelación. 2.6. Frente a estas observaciones, se advierte que el JEE no otorgó al señor recurrente un plazo para aclarar tanto la observación referente al orden de las candidatas a regidoras N.os 4, 8 y 12 y el reemplazo de la candidata a regidora Nº 14, de conformidad con el artículo 30 del Reglamento de Inscripción (ver SN 1.5.), bajo el argumento de que estas son insubsanables. No obstante, conforme lo señalado en la Resolución Nº 988-2022- JNE, para este Tribunal Electoral las referidas inconsistencias podrían ser aclaradas por la organización política recurrente. 2.7. Lo anterior resulta razonable si se tiene en cuenta que todos los candidatos registrados en el formato de solicitud de inscripción sí se encuentran en la lista ganadora de las elecciones internas organizadas por ONPE y que el único reemplazo realizado fue efectuado oportunamente con la única candidata para eventual reemplazo que ha sido comprendida en la misma lista ganadora de las elecciones internas. Bajo estas premisas, el JEE debió haber emplazado a la organización política, para que aclare por qué alteró el orden de las candidatas a regidoras N.os 4, 8 y 12 y, a efecto, de veri fi car si el reemplazo de la candidata a regidora Nº 14 fue realizado de conformidad a lo establecido en los artículos 23 del Reglamento de Inscripción y 47 del Reglamento de Competencias (ver SN 1.1. y 1.3.). 2.8. Así las cosas, se advierte que el señor recurrente en su escrito de apelación señala que se incurrió en error material al registrar las candidaturas en el formato de solicitud de inscripción, pero que debe prevalecer el orden de las candidaturas establecidas en los resultados de la ONPE y, respecto al reemplazo de la candidata a regidora Nº 14, adjuntó el siguiente documento: - Acta Nº 95 de Sesión de la Comisión Electoral Nacional de la organización política Renovación Popular, del 7 de junio de 2022, en el que consta que la referida comisión, inscrita ante el Registro de Organizaciones Políticas, acordó aprobar el reemplazo de la candidata a regidora Milagros Andrea Huamán Ormachea por la candidata para eventual reemplazo Liliana Mónica Julca