Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (08/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 130

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Jueves 8 de diciembre de 2022 El Peruano / Que, Acta Nº 110-2022-MTC/17.03.01, de fecha 10 de noviembre de 2022, se realizó la inspección in situ programada en el local ubicado en el Fundo Las Fuentes - Vía Cusco -Anta, S/N km 13.5, distrito de Cachimayo, provincia de Anta, departamento de Cusco; Que, del análisis de los documentos presentados, se advierte que la Empresa ha realizado la presentación de la documentación de conformidad a lo señalado en el artículo 37 del Reglamento, para solicitar la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular tipo Fijo para operar una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo mixta; Que, de conformidad con la información remitida por la Gerencia de Procedimientos y Sanciones de la SUTRAN mediante el O fi cio D000630-2022-SUTRAN- GPS del 26 de octubre de 2022, la empresa REVISIONES TECNICAS GRUPO BLASAN PERU S.A.C. “no cuenta con sanciones fi rmes y/o que hayan agotado la vía administrativa y resuelvan una cancelación de la autorización e inhabilitación de fi nitiva para obtener una nueva autorización”; Que, el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento, señala que la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicula.- CITV deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, el artículo 41-A del Reglamento, respecto de la vigencia de la autorización dispone lo siguiente: “Las autorizaciones expedidas a las personas naturales o jurídicas para operar como Centros de Inspección Técnica Vehicular - CITV tienen una vigencia de cinco (05) años, pudiendo ser renovables por el mismo periodo, conforme a lo señalado en el artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS”; Que, de acuerdo al Informe Nº 2373-2022- MTC/17.03.01 elaborado por la Coordinación de Autorizaciones de Centros de Inspección Técnica Vehicular y Entidades Complementarias de la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, se advierte que la documentación presentada por la Empresa ha dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en los artículos 30 y 37 del Reglamento, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 29237 - Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Ley Nº 29370, Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones -TUPA, aprobado con Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC; Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Resolución Ministerial Nº 658- 2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo una (01) línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta, por el plazo de cinco (05) años a la empresa “REVISIONES TECNICAS GRUPO BLASAN PERU S.A.C.” con RUC Nº 20606668580, en el local ubicado en el Fundo Las Fuentes - Vía Cusc.- Anta, S/N km 13.5, distrito de Cachimayo, provincia de Anta, departamento de Cusco. Artículo 2.- La Empresa autorizada deberá sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y normas complementarias.Artículo 3.- La Empresa autorizada bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ActoFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza14 de setiembre de 2023 Segunda renovación o contratación de nueva póliza14 de setiembre de 2024 Tercera renovación o contratación de nueva póliza14 de setiembre de 2025 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza14 de setiembre de 2026 Quinta renovación o contratación de nueva póliza14 de setiembre de 2027 En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- En virtud de lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, la presente Resolución Directoral deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral a la empresa REVISIONES TECNICAS GRUPO BLASAN PERU S.A.C. en Calle Las Lisas Nº 126 Dpto. 202 Urbanización Valle Hermoso, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, correo electrónico: o citvblasancusco@gmail.com y/o relyblanco@hotmail.com, señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL CHRISTIAN FIGUEROA CAMACHO DirectorDirección de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transporte 1 Numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que de fi ne a los Centros de Inspección Técnica Vehicula.- CITV, como: “Persona jurídica habilitada por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar las Inspecciones Técnicas Vehiculares”. 2 Mediante solicitud registrada con Hoja de Ruta Nº E-138954-2022 del 05 de abril de 2022, la señora DANIELA INES BLANCO SANGUINETI, identi fi cada con Nº 73964696, en calidad de Gerente General de la Empresa REVISIONES TECNICAS GRUPO BLASAN PERU S.A.C. con RUC Nº 20606668580, en adelante, la Empresa, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo mixta, en el local ubicado en el Fundo Las Fuentes - Vía Cusc.- Anta, S/N km 13.5, distrito de Cachimayo, provincia de Anta, departamento de Cusco. 2132050-1