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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (08/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 130

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Jueves 8 de diciembre de 2022 El Peruano / VISTOS: El Memorando N° 000730-2022-CG/GRIC, de la Gerencia Regional de Control de Ica; la Hoja Informativa N° 000025-2022-CG/VCIC, de la Vicecontraloría de Integridad y Control; la Hoja Informativa N° 000277-2022-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; el Memorando N° 001161-2022-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa N° 000696-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000794-2022-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la Directiva de los OCI, establece que el Jefe del OCI es designado por la Contraloría General de la República y ejerce sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; así también, que por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; asimismo, el numeral 7.1.3.2 de la citada Directiva, establece que la designación del Jefe del OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación de fi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para cuyo efecto se emite la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación en el cargo; Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 107-2022-CG, de fecha 15 de marzo de 2022, se designó al señor Jhonny Eduardo Franco Quispes, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Nasca; Que, mediante el artículo 5 de la Resolución de Contraloría N° 047-2022-CG, se encarga a la Vicecontraloría de Integridad y Control, durante el año fi scal 2022, en adición a sus funciones, desarrollar las funciones señaladas en los literales c), d) y f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, referidas a la gestión y ejecución de los servicios de control gubernamental que realiza, entre otros, la Gerencia Regional de Control de Ica; Que, en dicho contexto, la Vicecontraloría de Integridad y Control, mediante la Hoja Informativa N° 000025-2022-CG/VCIC, en atención a las competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Control de Ica para dar término a la designación del señor Jhonny Eduardo Franco Quispes, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Nasca; Que, la Gerencia de Capital Humano, con Memorando N° 001161-2022-CG/GCH, traslada la Hoja Informativa N° 000277-2022-CG/PER de la Subgerencia de Personal y Compensaciones, en la cual se señala que, en atención a la propuesta remitida por la Gerencia Regional de Control de Ica, ante la renuncia presentada por el señor Jhonny Eduardo Franco Quispes, a su contrato de trabajo bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 728, se registró como su último día de labores el día 27 de octubre de 2022; Que, por su parte, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, regula la fi gura legal de la e fi cacia anticipada, estableciendo que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión; asimismo, el numeral 7.1 del artículo 7 de la citada norma indica que el régimen de e fi cacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni se afecte a terceros; Que, con relación a la aplicación de la e fi cacia anticipada para la emisión de actos de administración interna, la doctrina señala que “la práctica administrativa nacional ha introducido la posibilidad de una e fi cacia retroactiva de las decisiones administrativas (conocida como “en vía de regularización”), por la cual los efectos de un acto o resolución administrativa son aplicados de modo anticipado a relaciones jurídicas ya existentes e incluso consumadas antes de su vigencia” 1; Que, considerando la fecha de aceptación de la renuncia formulada por el señor Jhonny Eduardo Franco Quispes, efectivizada al 27 de octubre de 2022, como ha sido señalado por la Subgerencia de Personal y Compensaciones, corresponde que el término de su designación como Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Nasca, sea realizada con e fi cacia anticipada al 28 de octubre de 2022, en el marco del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444; asimismo, debe para tal efecto aplicarse la causal prevista en el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI, teniendo en cuenta que el señor Jhonny Eduardo Franco Quispes renunció al puesto de origen con el cual se encontraba vinculado a esta Entidad Fiscalizadora Superior, y no al cargo de Jefe de Órgano de Control Institucional; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000794-2022-CG/GJNC, y a lo expuesto en la Hoja Informativa N° 000696-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable emitir la Resolución de Contraloría de término de designación, con e fi cacia anticipada, del señor Jhonny Eduardo Franco Quispes, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Nasca, de conformidad con la propuesta formulada por la Gerencia Regional de Control de Ica y lo expuesto por la Vicecontraloría de Integridad y Control; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG;