Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (22/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Jueves 22 de diciembre de 2022 El Peruano / previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, las cuales se publican en el diario o fi cial El Peruano; Que, con Resolución Jefatural N° 000209-2022-SIS/J, se aprueba la versión actualizada de la Directiva N° 008-2022-SIS/GNF-V.02 “Directiva para el monitoreo, supervisión y seguimiento a las Trasferencias Financieras del Seguro Integral de Salud”, estableciendo en el numeral 9.6 del artículo 9 que “Las transferencias fi nancieras para el PES COVID-19 (cremación o inhumación) se realizan en el marco de Leyes o Decretos emitidos por el Gobierno Nacional y la Normativa vigente emitida por el SIS. Estas transferencias no son consideradas dentro del marco presupuestal de los convenios, adendas y actas de compromiso suscritos” ; Que, a través de la Resolución Jefatural N° 107-2021/ SIS, se aprueba la Directiva Administrativa N° 002-2021-SIS/GNF – V.01 “Directiva administrativa que establece los procedimientos de registro, evaluación, transferencia para pago y supervisión de las prestaciones económicas de sepelio brindadas por las IPRESS públicas a los fallecidos con sospecha o diagnóstico con fi rmado de coronavirus Covid-19”, cuyo objetivo es contar con un marco normativo que establezca los procedimientos para el registro, evaluación, transferencia de pago y supervisión de las Prestaciones Económicas de Sepelio brindadas por las IPRESS o UE a los asegurados del SIS y a los que no cuenten con un seguro de salud, fallecidos con sospecha o diagnóstico con fi rmado de Coronavirus COVID-19; Que, asimismo, el numeral 6.3.2 del artículo 6 de la precitada Directiva Administrativa establece que “La transferencia fi nanciera por las Prestaciones Económicas de Sepelio COVID-19, se realizará de acuerdo a la modalidad prospectiva o retrospectiva, según corresponda, a las Unidades Ejecutoras con las que el SIS tiene convenio vigente” ; Que, el artículo 10 del Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS, que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, dispone que sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4 del referido Reglamento, se deben publicar obligatoriamente, otras disposiciones legales, tales como resoluciones administrativas o similares de interés general y de observancia obligatoria, entre otros aspectos, cuando: “1. su contenido proporcione información relevante y sea de interés para los usuarios de los servicios que presta la Administración Pública”; Que, a través del Memorando N° 001252-2022-SIS/ OGPPDO, el Director General (e) de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional - OGPPDO hace suyo el Informe N° 001-2022-SIS/ OGPPDO-ACC, por medio del cual emite opinión previa favorable de disponibilidad presupuestal, y aprueba el Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 1620, por el importe de S/ 26 653 059,00 (Veintiséis millones seiscientos cincuenta y tres mil cincuenta y nueve y 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, correspondiente a la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento de las Prestaciones Económicas de Sepelio COVID-19, y conforme a lo solicitado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento - GNF a través del Memorando N° 001978-2022-SIS/GNF; Que, a través del Memorando N° 001989-2022-SIS/ GNF, el Gerente de la GNF hace suyo el Informe N° 000009-2022-SIS/GNF-VSN, que propone la programación de la transferencia fi nanciera por el importe de S/ 26 653 059,00 (Veintiséis millones seiscientos cincuenta y tres mil cincuenta y nueve y 00/100 Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito (ROOC), correspondiente al mecanismo de pago “Prestaciones Administrativas (por expediente) - Prestación Económica de Sepelio Covid-19”, a favor de las unidades ejecutoras señaladas en el numeral 2.21 del referido informe; Que, mediante Informe Legal N° 000622-2022-SIS/ OGAJ, el Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la GNF y la OGPPDO, considera viable que el Jefe del SIS en su condición de Titular del Pliego emita la resolución jefatural que apruebe la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento de las Prestaciones Económicas de Sepelio COVID-19, hasta por el monto de S/ 26 653 059,00 (Veintiséis millones seiscientos cincuenta y tres mil cincuenta y nueve y 00/100 Soles) a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 01 “ Pliego 135 - Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito - Diciembre 2022 ” elaborado por la GNF, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 012-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias en el marco de la Emergencia Nacional por la Covid-19 para reforzar los sistemas de prevención, control, vigilancia y respuesta del Sistema Nacional de Salud; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Director General (e) de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022; en el Decreto de Urgencia N° 012-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias en el marco de la Emergencia Nacional por la Covid-19 para reforzar los sistemas de prevención, control, vigilancia y respuesta del Sistema Nacional de Salud; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002- 2016-SA. SE RESUELVE: Artículo 1 .- Aprobar una Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 26 653 059,00 (VEINTISÉIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito (ROOC), en los términos y a favor de las Unidades Ejecutoras descritas en el Anexo N° 01 – Pliego 135 - Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito - Diciembre 2022, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las Prestaciones Económicas de Sepelio Covid-19. Artículo 2 .- Precisar que las unidades ejecutoras que reciben las transferencias fi nancieras de la Unidad Ejecutora 001. Seguro Integral de Salud - SIS, para su incorporación, deben registrarse en una secuencia funcional exclusiva para recursos SIS, en la Actividad 5006269 “Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus”. Artículo 3 .- Precisar que los recursos a que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados, los que están sujetas a monitoreo, supervisión y liquidación fi nanciera. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detallen las transferencias descritas en el Anexo N° 01 de la presente resolución a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud – SIS (http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html). Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo N° 01 en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, el mismo día de la publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CIRO ABEL MESTAS VALERO Jefe del Seguro Integral de Salud 2136336-1