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116 NORMAS LEGALES Domingo 25 de diciembre de 2022 El Peruano / Rentas hace suya la presente Ordenanza Municipal antes mencionada aprobada por el Concejo Municipal del Distrito de Bellavista la misma que se encuentra por debajo de los topes establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF del 15.11.2004 y del artículo 7° inciso 7.3 de la Ordenanza Municipal N° 019-2014-MPC y la Ordenanza Municipal N° 002-2016-MPC; Que, mediante Memorando N° 1190-2022-MPC/ GGAJC de fecha 01 de diciembre de 2022, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, opina que resulta procedente rati fi car la Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Bellavista N° 020-2022-MDB del 25/11/2022, ORDENANZA QUE “DETERMINA LA PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 011-2020-MDB QUE ESTABLECE EL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES, FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y BENEFICIO DEL PRONTO PAGO” CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2023 EN EL DISTRITO DE BELLAVISTA; debiendo ser rati fi cado por el Concejo Municipal en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Estando a lo dispuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades con el voto UNÁNIME y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta el Concejo Municipal: ACUERDA:Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Bellavista N° 020-2022-MDB del 25 de noviembre de 2022, ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE EL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2023”, EN EL DISTRITO DE BELLAVISTA. Artículo Segundo.- Remitir copia certi fi cada del presente Acuerdo a la Municipalidad Distrital de Bellavista. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 2137501-1 MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Ordenanza Municipal que establece el derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2023 ORDENANZA MUNICIPAL N° 020-2022-MDB Bellavista, 25 de noviembre de 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: VISTO: en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 25 de noviembre del 2022; y, con Dictamen N° 18-2022-MDB/CARDU de la Comisión de Administración, Rentas y Desarrollo Urbano de fecha 22 de noviembre del 2022: CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, señala que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el cual indica que la autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 74º de la Carta Magna reconoce a los gobiernos locales la potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas (arbitrios, licencias y derechos municipales) dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y modi fi catorias establece que son atribuciones del Concejo Municipal la aprobación, modi fi cación y derogación de Ordenanzas; asimismo, su artículo 40º señala que mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; y las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, dispone que los gobiernos locales mediante Ordenanza, pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el literal a) del artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº156-2004-EF y modi fi catorias, señala que los contribuyentes están obligados a presentar declaración jurada anualmente; asimismo, el último párrafo del referido artículo, señala que la actualización de los valores de predios por las municipalidades, sustituye la obligación contemplada por el inciso a) del citado artículo; Que, la Cuarta Disposición Final del citado texto legal, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 011-2020-MDB, ratifi cada por Acuerdo de Concejo Nº 080-2020, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 30 de diciembre de 2020, entre otros, se fi jó el monto de S/ 6.60 (Seis y 60/100 Soles) el monto por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de declaración jurada y determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2021, para contribuyentes que tengan un (1) predio y S/ 3.30 (Tres y 30/100 Soles), por cada predio adicional, para la jurisdicción del Distrito de Bellavista, consignado en el artículo primero de la Ordenanza en mención; Que, la Sub Gerencia de Orientación Tributaria, adscrita a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, mediante Informe Nº 357-2022-MDB-GART/SGOT señala que al no existir variaciones sustanciales en los costos y en las condiciones para facilitar a los contribuyentes la emisión mecanizada de tributos municipales, recomienda que se prorrogue la Ordenanza Nº 011-2020-MDB que: “Establece el derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, fechas de vencimiento para el pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y Bene fi cio por pronto pago para el ejercicio 2021”, en el extremo del Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2021, consignado en el artículo primero, que señala: “Fíjese en S/. 6.60 (Seis y 60/100 Soles) el monto por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de declaración jurada y determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2021 para contribuyentes que tengan un (1) predio y en S/. 3.30 (Tres y 30/100 Soles) por cada predio adicional”; Que, mediante Informe Nº 134-2022-GATR-MDB, de fecha 15 de noviembre de 2022, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas hace suyo el Informe Nº 357-2022-MDB-GART/SGOT, emitido por la Sub Gerencia de Orientación Tributaria, opinando de forma