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110 NORMAS LEGALES Domingo 25 de diciembre de 2022 El Peruano / favorable determinando la viabilidad de aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la conformación del Comité Distrital de Salud de Pucusana, sustentando que, en el distrito de Pucusana no se encuentra conformado el Comité Distrital de Salud, resultando necesario su conformación a efectos de impulsar la implementación de las políticas de salud a nivel distrital. Además, señala que, el Proyecto de Ordenanza cumple con la estructura de elaboración de documentos normativos. Que, mediante Memorándum Nº 756-2022-GM/MDP de fecha 09 de noviembre de 2022, la Gerencia Municipal solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica la emisión de opinión legal sobre la procedencia de aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la conformación del Comité Distrital de Salud de Pucusana. Que, mediante Informe Legal Nº 214-2022-GAJ- MDP de fecha 22 de noviembre de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable determinando la procedencia de aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la conformación del Comité Distrital de Salud de Pucusana, sosteniendo que, “(…) en aplicación del Decreto Supremo Nº 032-2020-SA, que aprueba el Reglamento de Instancias de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud y del Proceso de Elecciones de los miembros que debe ser elegidos para integrar el Consejo Nacional de Salud, resulta necesaria la aprobación de la propuesta; habiendo veri fi cado la documentación contenida en el expediente (…), se advierte que se encuentra debidamente fundamentado en el pronunciamiento favorable de las áreas con competencia al respecto (…)”. Que, mediante Memorándum Nº 788-2022-GM/MDP de fecha 22 de noviembre de 2022, la Gerencia Municipal solicita se agende en Sesión de Concejo la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la conformación del Comité Distrital de Salud de Pucusana en base a los informes sustentatorios de carácter técnico y legal que obran en el expediente administrativo. ESTANDO A LO EXPUESTO Y CONFORME A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LOS ARTÍCULOS 9º, 39º Y 41º DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES MIEMBROS DEL CONCEJO MUNICIPAL Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA, SE APROBÓ LO SIGUIENTE: ORDENANZA MUNICIPAL Nº 323-2022/MDP ORDENANZA MUNICIPAL APRUEBA LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DISTRITAL DE SALUD DE PUCUSANA, INSTANCIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Artículo Primero.- CONFORMAR el Comité Distrital de Salud de Pucusana- CDS, Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud, que está integrado por los siguientes miembros: 1. El alcalde distrital, quien preside. 2. El/la director(a) o jefe(a) de la red de salud o el director o jefe de la red integrada de salud. 3. El/la director(a) o jefe(a) del establecimiento de salud de mayor capacidad resolutiva. 4. El/la presidente(a) de la Comisión de Salud del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Pucusana. 5. El/la Gerente de Desarrollo Humano y Social de la Municipalidad Distrital de Pucusana. 6. El/la director(a) de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL). 7. El/la director(a) del establecimiento de salud de mayor capacidad resolutiva del Seguro Social de Salud. 8. El/la director(a) del establecimiento de salud municipal. 9. El/la representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. 10. El/la representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS. 11. El/la Subprefecto(a) distrital.12. El/la Juez de Paz del distrito.13. El/la Representantes de Clínicas o centro de salud privados (de existir). 14. Organizaciones Sociales de la comunidad que trabajan en temas de salud y nutrición (ONGs, iglesias, ollas comunes, comedores populares, vasos de leche, voluntariados, comités comunitarios y otros inscritos en el Registro Único de Organizaciones de Base de Municipalidad). 15. Otros que se estime necesario, de acuerdo con la realidad local. Con los representantes acreditados se establece el quórum, el cual es el número entero superior a la mitad de los miembros designados. Artículo Segundo.- DISPONER que los miembros designados del Comité Distrital de Salud, pueden delegar su representación en un alterno, quien asiste únicamente en caso de ausencia del titular y es acreditado/a mediante comunicación escrita dirigida a la presidencia. De contar con miembros electos, estos son sustituidos por su suplente, únicamente en caso de vacancia. Artículo Tercero.- DISPONER que un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza, se instale el Comité Distrital de Salud, siendo su naturaleza de carácter permanente. Artículo Cuarto.- DISPONER que un plazo no mayor de sesenta (60) días naturales contados a partir del día siguiente de su instalación, el Comité Distrital de Salud apruebe su Reglamento de Funcionamiento Interno. Artículo Quinto.- DISPONER que el Comité Distrital de Salud puede, de considerarlo pertinente, efectuar la convocatoria de elecciones para la incorporación de los miembros representantes de la sociedad civil organizada, empleando el procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 032-2020-SA, en lo que sea aplicable. El proceso de elecciones solo se realiza en caso de existir más de una institución por estamento, caso contrario, la incorporación es directa. Artículo Sexto.- CONSTITUIR a la Red de Salud (o el jefe del establecimiento de mayor capacidad resolutiva o quien haga sus veces), en Secretaria de Coordinación del Comité Distrital de Salud, para que le brinde apoyo técnico y administrativo y remita periódicamente al Consejo Provincial de Salud, la sistematización de sus avances. Artículo Séptimo.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición normativa municipal que contravenga la presente Ordenanza Municipal. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la Ordenanza Municipal en el diario o fi cial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Sistemas, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana (www.munipucusana.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LIDIA AMÉRICA CARRILLO VELIZ Alcaldesa 2137275-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023 ORDENANZA N° 610-MPL Pueblo Libre, 14 de diciembre de 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE