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115 NORMAS LEGALES Domingo 25 de diciembre de 2022 El Peruano / EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Nº 37-2022-MPC/CMPC-SR-COADPA, de la Comisión de Administración y Protección Ambiental, en sesión extraordinaria celebrada en la fecha, con el voto mayoritario de sus integrantes, en ejercicio de las facultades de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Reglamento de Organización Interior, aprobado, por la Ordenanza Municipal Nº 00034-2004 y sus modi ficaciones, le con fieren y dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado lo siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE PRORROGA LOS MONTOS DE EMISIÓN, DETERMINACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CUPONERA TRIBUTARIA DEL IMPUESTO PREDIAL E IMPUESTO VEHICULAR DEL EJERCICIO FISCAL 2023 Artículo 1.- OBJETIVO Establecer los montos que deben cancelar los contribuyentes de la Municipalidad Provincial del Callao por los servicios de emisión, determinación y distribución de la Cuponera Tributaria del Impuesto Predial e Impuesto Vehicular correspondiente al ejercicio fiscal 2023. Artículo 2.- ALCANCES Prorrogar lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 000004-2010, publicada en el Diario O ficial El Peruano el 23 de enero del 2010, rati ficada para el año 2022 mediante la Ordenanza Municipal Nº 014 -2021-MPC de fecha 22.12.2021, que establece “LOS MONTOS DE EMISIÓN, DETERMINACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CUPONERA TRIBUTARIA DEL IMPUESTO PREDIAL E IMPUESTO VEHICULAR DEL EJERCICIO FISCAL 2023”. En virtud, a lo antes expuesto establecer en S/. 9.60 (Nueve y 60/100 soles), el monto que deberán cancelar los contribuyentes titulares de un (1) predio por concepto de emisión, determinación y distribución de cuponera tributaria del Impuesto Predial para el ejercicio 2023, en el Cercado del Callao. Los contribuyentes titulares de más de un predio deberán cancelar la suma de S/ 3.20 (Tres y 20/100 soles) por cada predio adicional, rati ficando lo expuesto Ordenanza Municipal Nº 00004-2010, publicada en el Diario O ficial El Peruano el 23 de enero del 2010. Precisando que no deberá sobrepasar el 0.4 % de la UIT el importe a cobrar por el servicio de emisión mecanizada. Asimismo, queda establecido en S/ 9.60 (Nueve y 60/100 soles), el monto que deberán cancelar los contribuyentes titulares, por cada uno de los vehículos que tuviesen, por concepto de emisión, determinación y distribución de cuponera tributaria del Impuesto Vehicular para el ejercicio 2023, en el Cercado del Callao. Artículo 3.- DEL CUMPLIMIENTO Encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza. Artículo 4.- Publícase la presente Ordenanza en el Diario O ficial El Peruano y encárguese a la Gerencia de Informática la publicación de la misma en el portal institucional www.municallao.gob.pe, en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe Artículo 5.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se publique y cumpla.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 2137612-1Ratifican la Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Bellavista N° 020-2022-MDB, que establece el derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales para el Ejercicio 2023 en el distrito de Bellavista ACUERDO DE CONCEJO Nº 071-2022 AC/MPC Callao, 23 de diciembre de 2022El CONCEJO PROVINCIAL DEL CALLAO, visto en Sesión Extraordinaria celebrada en la fecha; el Dictamen N° 031-2022-COAD de fecha 02 de diciembre de 2022; el O fi cio N° 084-2022-MDB/SG (Expediente N° 2022-01- 0000163466) presentado por la Municipalidad Distrital de Bellavista por medio del cual remite la Ordenanza N° 020-2022-MDLP de fecha 25 de noviembre de 2022 que establece EL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2023; Memorando N° 2512-2022-MPC-GGATR de fecha 01 de diciembre de 2022 de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas; el Memorando N° 1190-2022-MPC/GGAJC de fecha 01 de diciembre de 2022 de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación; y CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 40 tercer párrafo señala que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, la Ordenanza Municipal Nº 019-2014 del 26 de agosto de 2014 aprueba el procedimiento de rati fi cación de ordenanzas distritales en el ámbito de la Provincia Constitucional del Callao y en su artículo 7 numeral 7.5, señala los requisitos aplicables a la rati fi cación de ordenanzas que aprueban derechos de emisión mecanizada; Que, mediante O fi cio del visto, la Municipalidad Distrital de Bellavista, remite la Ordenanza N° 020-2022-MDLP de fecha 25 de noviembre de 2022 que establece EL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2023, la misma que PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2023 LA VIGENCIA DEL ARTICULO PRIMERO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 011-2020-MDB QUE REGULÓ EL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES, rati fi cada mediante Acuerdo de Concejo N° 080-2020 de la Municipalidad Provincial del Callao, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 30 de diciembre de 2020; manteniéndose el monto de dicha tasa para el ejercicio fi scal 2023, la cantidad de S/. 6.60 (Seis y 60/100 Soles) por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de Declaración Jurada y determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2023, para contribuyentes que tengan un (1) predio y S/. 3.30 (Tres y 30/100 Soles) por cada predio adicional. Que, mediante el Informe N° 2512-2022-MPC-GGATR de fecha 01 de diciembre de 2022, la Gerencia General de Administración Tributaria concluye que estando a la Ordenanza Municipal N° 020-2022 de fecha 25.11.2022 de la Municipalidad Distrital de Bellavista dentro de lo establecido de la cuarta Disposición Final del citado texto legal, que faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuesto y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución domiciliaria por un monto no mayor al 0.4 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero de cada ejercicio fi scal, en cuyo caso se establece de S/. 6.60 (Seis y 60/100 Soles) por concepto de derecho de emisión mecanizada y S/. 3.30 (Tres y 30/100 Soles) por cada predio adicional, esta valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas; por lo que la Gerencia General de Administración Tributaria y