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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (28/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de diciembre de 2022 El Peruano / la Entidad aprueba mediante resolución los resultados de los avances de la ejecución del Plan de Depuración y Sinceramiento (PDS) dentro de los diez (10) días calendario siguientes al plazo máximo de presentación de información fi nanciera y presupuestaria de periodo semestral; así como, declara la culminación del proceso de depuración y sinceramiento contable, el que está sustentado en el informe fi nal presentado por la Comisión de Depuración y Sinceramiento (CDS) y sus anexos; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 003-2021-EF/51.01, establece que en los casos en que la/el Titular de la Entidad se vea imposibilitado de realizar alguno de los procedimientos señalados en las Normas de Depuración y Sinceramiento o por razones debidamente justi fi cadas, las cuales serán determinadas por la propia Entidad, dichas funciones pueden ser encargadas a la máxima autoridad administrativa de la entidad (sea individual o consolidadora) o al funcionario a cargo de los asuntos administrativos en dicha Entidad; lo cual no representa una delegación de responsabilidades; Que, el Acápite 53 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, aprobado por la Resolución Jefatural N° 156-2017-JNAC-RENIEC, modi fi cado por la Resolución Jefatural N° 000146-2021/ JNAC/RENIEC, señala que para la emisión de sellos de tiempo para entidades de la administración pública se debe tener en consideración al momento de solicitar la suscripción del Convenio para el Servicio de Sellado de Tiempo, entre otros, el criterio de que la solicitud presentada por la Entidad de la Administración Pública comprendida en el Artículo 1 del TUO de la LPAG, en el marco de su rol como Entidad de Certi fi cación del Estado Peruano, se encuentre debidamente fi rmada por el representante legal de la Entidad, adjuntando los documentos que acrediten la constitución de la Entidad, la resolución de nombramiento y las facultades correspondientes; Que, en ese marco y con el propósito de continuar optimizando la fl uidez en la marcha administrativa de la Entidad y a fi n de garantizar la adecuada gestión en la administración de los recursos asignados, en materia presupuestal, de contrataciones del Estado, administrativa; y, defensa jurídica de la Entidad, durante el Año Fiscal 2023, que permitan al OEFA cumplir de manera oportuna y e fi caz las funciones establecidas en su norma de creación y sus respectivos instrumentos de gestión institucional, resulta pertinente que durante el Año Fiscal 2023, se delegue en la Gerencia General, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Tecnologías de la Información, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración, la Dirección de Evaluación Ambiental; y, se autorice y delegue a la Procuraduría Pública, determinadas funciones asignadas a el/la Titular de la Entidad; Con el visado de la Gerencia General y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo N° 1326, se aprueba el Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Resolución Directoral N° 0003-2021-EF-54.01, que aprueba la Directiva N° 0001-2021-EF-54.01 “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras” ; la Resolución Jefatural N° 156-2017-JNAC-RENIEC, modi fi cado por la Resolución Jefatural N° 000146-2021/JNAC/RENIEC, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del RENIEC; y, en uso de las atribuciones conferidas por los Literales e) y t) del Artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar las siguientes facultades en la Gerencia General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, durante el Año Fiscal 2023: 1.1. Facultades en materia presupuestal1.1.1. Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático a que se re fi ere el Numeral 47.2 del Artículo 47° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, previo informe técnico favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. 1.1.2. Emitir los documentos de gestión interna para la ejecución y racionalización del gasto que permita un manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de fi nanciamiento durante la ejecución presupuestaria del Año Fiscal. 1.1.3. Aprobar las modi fi caciones del Plan Operativo Institucional del OEFA siguiendo los procedimientos establecidos para dicho fi n. 1.2. Facultades en materia de Contrataciones del Estado: 1.2.1. Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias, dentro del marco normativo que regula las contrataciones del Estado. 1.3. Facultades en materia administrativa:1.3.1. Conformar y/o modi fi car la conformación de comités, grupos de trabajo y/o similares al interior de la Entidad; salvo aquellos donde la norma exija, para cualquiera de sus miembros, el reconocimiento de requisitos o per fi les, así como, designaciones especiales que requieran ser aprobados por el Titular de la Entidad. 1.3.2. Aprobar y/o modi fi car el Plan de Comunicaciones y el Plan de Estrategia Publicitaria de la Entidad. 1.3.3. Aprobar y/o modi fi car el Manual de Identidad Visual de la Entidad. 1.3.4. Suscribir, en representación del OEFA, todo tipo de convenios de cooperación interinstitucional, así como sus respectivas adendas, sean modi fi catorias o resolutorias, que correspondan o coadyuven en la gestión administrativa interna de la Entidad, con excepción de aquellos que por norma expresa deban ser suscritos por el Titular de la Entidad. 1.3.5. Designar y dejar sin efecto la designación de los Fedatarios Institucionales del OEFA. 1.3.6. Designar a los/as responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 1311: ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL - OEFA. 1.3.7. Aprobar y/o modi fi car el Plan de Gobierno Digital de la Entidad. 1.3.8. Aprobar y/o modi fi car la Política de Protección de Datos Personales y/o Políticas de Privacidad del OEFA vinculadas a la implementación de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales. 1.3.9. Aprobar y/o modi fi car las Políticas especí fi cas de Seguridad de la Información del OEFA vinculadas a la implementación de la Norma Técnica Peruana “NTP ISO/ IEC 27001:2014 Tecnología de la Información. Técnicas de Seguridad. Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información. Requisitos. 2ª Edición” . 1.3.10. Aprobar y/o modi fi car las Políticas contables y su actualización, previo informe técnico favorable de la Ofi cina de Administración. 1.3.11. Aprobar el Plan Anual de Trabajo Archivístico de la Entidad, disponer su remisión al Archivo General