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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (28/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de diciembre de 2022 El Peruano / y Haquira, de la misma provincia, y de acuerdo a un cronograma que apruebe la presidenta de esa Corte Superior de Justicia. 1.2 La Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Apurímac adopte las acciones pertinentes para que el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas, mejore su muy bajo nivel resolutivo, en razón que al mes de setiembre de 2022 obtuvo un avance de meta del 60%, el cual es mucho menor al avance ideal de 74% que debió de presentar a dicho mes. Artículo Segundo.- Disponer que el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Querobamba, Provincia de Sucre, Corte Superior de Justicia de Ayacucho, a partir del día siguiente de noti fi cada la presente resolución administrativa, realice de manera permanente labor de itinerancia hacia el Distrito de Chipao, Provincia de Lucanas, de la referida Corte Superior, y de acuerdo a un cronograma que apruebe el presidente de esa Corte Superior de Justicia. Artículo Tercero.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Cusco: 3.1 Abrir el turno, a partir del día siguiente de noti fi cada la presente resolución administrativa, del 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, Provincia de Cusco, hasta el 31 de marzo de 2023. 3.2 Cerrar el turno, a partir del día siguiente de notifi cada la presente resolución administrativa, del 1° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, Provincia de Cusco, hasta el 31 de marzo de 2023. Artículo Cuarto.- Establecer que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima disponga las acciones pertinentes para que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de dicha Corte Superior, elabore una propuesta para equilibrar las cargas pendientes entre el 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, 11°, 12°, 13°,14°, 15°, 16° y 17° Juzgados Contenciosos Administrativos de dicha Corte Superior, informando al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor a veinte días calendario. Artículo Quinto.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Loreto: 5.1 El Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Andoas, Provincia de Datem del Marañon, a partir del día siguiente de noti fi cada la presente resolución administrativa, realice de manera permanente labor de itinerancia hacia el Centro Poblado Saramiriza, Distrito de Manseriche, de la misma provincia, y de acuerdo a un cronograma que apruebe el presidente de esa Corte Superior. 5.2 El presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto adopte las acciones pertinentes para que el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Andoas, Provincia de Datem del Marañon, mejore su muy bajo nivel resolutivo, en razón que al mes de setiembre de 2022 obtuvo un avance de meta del 63%, el cual es mucho menor al avance ideal de 74% que debió de presentar a dicho mes. Artículo Sexto.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Piura: 6.1 El Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Tambo Grande, Provincia de Piura, a partir del día siguiente de notifi cada la presente resolución administrativa, realice de manera permanente labor de itinerancia hacia el Distrito de Las Lomas, de la misma provincia, y de acuerdo a un cronograma que apruebe la presidenta de esa Corte Superior de Justicia. 6.2 La presidenta de la Corte Superior de Justicia de Piura adopte las acciones pertinentes para que el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Tambo Grande, Provincia de Piura, mejore su bajo nivel resolutivo, en razón que al mes de setiembre de 2022 obtuvo un avance de meta del 67%, el cual es menor al avance ideal de 74% que debió de presentar a dicho mes.Artículo Sétimo.- Disponer que los gastos que se generen por la labor de itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas, hacia los Distritos de Challhuahuacho y Haquira, Corte Superior de Justicia de Apurímac; del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Querobamba, Provincia de Sucre, hacia el Distrito de Chipao, Provincia de Lucanas, Corte Superior de Justicia de Ayacucho; del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Andoas, Provincia de Datem del Marañon, hacia el Centro Poblado Saramiriza, Distrito de Manseriche, de la misma provincia, Corte Superior de Justicia de Loreto; y del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Tambo Grande, Provincia de Piura, hacia el Distrito de Las Lomas, de la misma provincia, Corte Superior de Justicia de Piura, sean fi nanciados en su totalidad con cargo a las partidas presupuestarias asignadas a sus respectivas Cortes Superiores de Justicia. Artículo Octavo.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Apurímac, Ayacucho, Cusco, Lima, Loreto y Piura; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2138092-10 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Oficializan el acuerdo “Criterios para la presentación de requerimientos fiscales ante las mesas de partes físicas y virtuales de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada” COMISIÓN DISTRITAL DE IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000001-2022-P-CDI-CSNJPE-PJ Lima, 27 de diciembre del 2022ANTECEDENTES:I. Mediante O fi cio Nº 000006-2022-ADMCPP- CSNJPE-PJ del 10 de enero de 2022, la administradora del Módulo del CPP pone en conocimiento el Acta de Reunión de fecha 28 de diciembre de 2021, de los jueces a cargo de los Juzgados de Investigación Preparatoria Nacionales, en donde analizan la problemática de la recepción de medidas limitativas del Ministerio Público, acordando diversas propuestas de solución. II. El O fi cio Nº 000039-2022-P-CSNJPE-PJ de fecha 14 de enero del presente año, emitido por este despacho, dirigido a la Presidencia del Poder Judicial, en relación a la presentación de requerimientos del Ministerio Público ante la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada –en adelante CSN–. III. El Proveído Nº 000556-2022-SG-CS-PJ cursado por el secretario general de la Corte Suprema de Justicia de la República, en donde remite el O fi cio Nº 000293-2022-MP-FN-SEGFIN de la secretaria general de la Fiscalía de la Nación, en donde pone en conocimiento los O fi cios Nº 284 y 484-2022-FSCEE-MP-FN de la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y del Equipo Especial de Fiscales.