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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 256

TEXTO PAGINA: 119

119 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2022 El Peruano / de prestaciones de salud – mecanismo de pago por prestación” y del Anexo N° 2 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario Diciembre 2022 - II - Financiamiento de prestaciones administrativas (por expediente) de procedimientos especiales tercerizados” que adjuntan al citado o fi cio; Que, mediante Memorando N° 001351-2022-SIS/ OGPPDO, el Director General (e) de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional – OGPPDO, emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para continuar con el trámite de aprobación de la transferencia fi nanciera solicitada por la Unidad Ejecutora 002 FISSAL – calendario diciembre 2022 - II, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por un monto de S/ 413 728,00 (Cuatrocientos trece mil setecientos veintiocho y 00/100 Soles); Que, a través del Informe Legal N° 000670-2022-SIS/ OGAJ, el Director General (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del SIS, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos del FISSAL y del SIS, considera que resulta viable que el Jefe del SIS en su condición de Titular del Pliego emita la resolución jefatural que apruebe la transferencia fi nanciera a favor de las unidades ejecutoras detalladas por el FISSAL en los Anexos N° 1 y 2, adjuntos al O fi cio N° 1763-2022-SIS-FISSAL/J, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas que se brinden a los asegurados SIS con cobertura FISSAL, de conformidad con lo establecido en el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022; Con el visto de la Jefa (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud, del Director General (e) de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA. SE RESUELVE:Artículo 1 .- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL hasta por la suma de S/ 413 728,00 (CUATROCIENTOS TRECE MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 1 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud – Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario Diciembre 2022 - II - Financiamiento de prestaciones de salud – mecanismo de pago por prestación” y del Anexo N° 2 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario Diciembre 2022 - II - Financiamiento de prestaciones administrativas (por expediente) de procedimientos especiales tercerizados”, que forman parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas, en el marco de los Convenios y Actas de compromisos suscritos para el año 2022. Artículo 2 .- Los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 3 .- Disponer la publicación de la presente resolución y sus Anexos N° 1 y N° 2 en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, el mismo día de la publicación de la resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CIRO ABEL MESTAS VALERO Jefe del Seguro Integral de Salud 2139227-1SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS Disponen la publicación del proyecto de “Directiva para la fiscalización de los pesos y medidas vehiculares por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”, y de su Exposición de Motivos RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº D000102-2022-SUTRAN-SP Lima, 29 de diciembre del 2022 VISTOS: El Informe Nº D000049-2022-SUTRAN- SGN de la Subgerencia de Normas, el Memorando Nº D000577-2022-SUTRAN-GEN de la Gerencia de Estudios y Normas, el Informe Nº D000186-2022-SUTRAN-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización, el Memorando Nº D002186-2022-SUTRAN-OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº D000699-2022-SUTRAN-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y el Informe N° D00647-2022-SUTRAN-GG de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29380 se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, entidad que tiene competencia para normar, supervisar, fi scalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional; Que, a través del Memorando Nº D000577-2022- SUTRAN-GEN la Gerencia de Estudios y Normas remite el Informe Nº D000049-2022-SUTRAN-SGN de su Subgerencia de Normas, con el que se sustenta y propone la publicación del proyecto de “Directiva para la fi scalización de los pesos y medidas vehiculares por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”, la cual cuenta con las conformidades de los órganos de línea; Que, por Memorando Nº D002186-2022-SUTRAN- OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº D000186-2022-SUTRAN-UPM con el cual la Unidad de Planeamiento y Modernización emite opinión técnica favorable a la publicación del proyecto de “Directiva para la fi scalización de los pesos y medidas vehiculares por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”; Que, mediante Informe Nº D000699-2022-SUTRAN- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la publicación del proyecto de “Directiva para la fi scalización de los pesos y medidas vehiculares por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”, a efectos de conocer las opiniones, comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, opinión que es compartida por la Gerencia General, conforme se observa del Informe N° D000647-2022-SUTRAN-GG; Que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto de “Directiva para la fi scalización de los pesos y medidas vehiculares por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”, a fi n de recibir comentarios de los interesados;