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120 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2022 El Peruano / De conformidad con la Ley N° 29380, Ley de creación de la Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, el Reglamento de la Sutran, aprobado por Decreto Supremo N° 033- 2009-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones de la Sutran, aprobado con el Decreto Supremo N° 006-2015-MTC, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y contando con el visto bueno de la Gerencia General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Estudios y Normas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de “Directiva para la fiscalización de los pesos y medidas vehiculares por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”, y de su Exposición de Motivos, en el portal institucional www.gob.pe/sutran, el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. Artículo 2.- Los interesados podrán remitir sus comentarios vía correo electrónico a schunqui@sutran.gob.pe, dentro del plazo de diez (10) días calendarios, contándose a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, con el asunto “Comentarios a la Directiva para la fi scalización de los pesos y medidas vehiculares por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”. Articulo 3.- Encargar a la Gerencia de Estudios y Normas el procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten. Regístrese y comuníquese.GUILLERMO ARTURO GOURO MOGOLLÓN Superintendente de la Superintendencia 2139216-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin, correspondiente al año fiscal 2023 RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 141-2022-OS/PRES Lima, 29 de diciembre del 2022VISTO:El memorándum N° GPPM-770-2022 de fecha 28 de diciembre de 2022 de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, que contiene la propuesta de las medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público que corresponde aprobar al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin para la ejecución del presupuesto correspondiente del año fi scal 2023.CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 31638 se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023, que contiene, entre otras disposiciones, las medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto a que deben sujetarse las entidades públicas; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la referida Ley N° 31638 contempla en su literal e) a los organismos reguladores de servicios públicos, como Osinergmin, a efectos que mediante resolución de su titular, aprueben las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto que contienen necesariamente medidas en estos rubros, las cuales deben publicarse hasta el 31 de diciembre de 2022 en el diario o fi cial El Peruano, y que rigen a partir del 1 de enero de 2023; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.3 del artículo 6 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, y con los vistos de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración y Finanzas y de la Gerencia General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto Aprobar las medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin, correspondiente al año fi scal 2023, que en Anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Vigencia Las medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto aprobadas con la presente Resolución rigen desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023. Artículo 3.- Publicación La presente Resolución se publica en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de Osinergmin: www.gob.pe/osinergmin. Regístrese y comuníquese.OMAR FRANCO CHAMBERGO RODRIGUEZ Presidente del Consejo Directivo MEDIDAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA PARA EL AÑO FISCAL 2023 I. Medidas en materia de personal1.1. Personal a plazo indeterminadoSólo se permite la contratación de personal a plazo indeterminado en Osinergmin cuando concurran los siguientes requisitos: i) La plaza esté aprobada en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) y en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP). ii) La plaza esté registrada en el aplicativo informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. iii) La plaza cuente con la respectiva disponibilidad presupuestal. iv) La selección se realice mediante concurso público, salvo la designación en cargos de con fi anza y de directivos superiores de libre designación y remoción, conforme a los documentos de gestión de la Entidad, a la Ley N° 28175 y demás normativa vigente sobre la materia, en tanto se implemente la Ley N° 30057.