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122 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2022 El Peruano / vehicular cuando se requieran para el desempeño de las actividades de Osinergmin previo informe de la Gerencia de Administración y Finanzas que sustente la necesidad. La adquisición de vehículos se realiza con cargo a los recursos del presupuesto institucional, conforme a la normativa vigente, y solo puede efectuarse previa autorización del Titular de la Entidad, que se publica en el portal institucional. Esta facultad es indelegable. En materia de uso de vehículos, se establece que las asignaciones exclusivas de vehículos automotores son para el Titular de la Entidad y el Gerente General. El resto de personal puede hacer uso de los vehículos automotores de la fl ota de Osinergmin para el cumplimiento de sus funciones. V. Medida en gastos de inversión5.1. Con el propósito de asegurar las inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho sistema, se permite realizar anulaciones con cargo a los recursos de las referidas inversiones y proyectos que se encuentran en la etapa de ejecución, siempre y cuando la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización veri fi que que, producto de las proyecciones al cierre del ejercicio se refl ejan saldos de libre disponibilidad. 5.2. La habilitación de todo crédito presupuestario con cargo a las anulaciones referidas en el párrafo anterior puede efectuarse a favor de inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, de proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional y para adquisición de bienes de la Genérica de Gasto 2.6 Adquisición de Activos No Financieros. En el caso de las inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, las inversiones deben contar con expediente técnico o documento equivalente aprobado, vigente y registrado en el Banco de Inversiones, así como encontrarse registrada en la cartera de inversiones del Programa Multianual de Inversiones correspondiente. La habilitación a estas inversiones debe guardar correspondencia con los recursos previstos para el año fi scal contemplado en el cronograma de ejecución vigente. Dichas condiciones deben ser veri fi cadas por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. Excepcionalmente, siempre que la cartera de inversiones y proyectos cuente con fi nanciamiento en el presente año fi scal, se puede efectuar la habilitación de recursos a inversiones viables o aprobadas para el inicio de la etapa de ejecución, en cuyo caso los recursos pueden fi nanciar la elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes. La Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable para las referidas excepciones. 2139185-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Aprueban las Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público, y de Ingresos del Personal del OSITRAN para el Año Fiscal 2023 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 0045-2022-PD-OSITRAN Lima, 28 de diciembre de 2022VISTOS:El Memorando Circular Nº 00127-2022-GA-OSITRAN de la Gerencia de Administración, el Memorando Nº 001332-2022-GPP-OSITRAN de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 01409-2022-GA-OSITRAN de la Gerencia de Administración, el Memorando Nº 00557-2022-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 537-2022-GG-OSITRAN de la Gerencia General; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, como organismo público con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera, encargado de regular, normar, regular, supervisar, fi scalizar y resolver controversias, respecto de los mercados relativos a la explotación de la infraestructura de transporte de uso público; Que, la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece, entre otros, que determinadas entidades públicas deben aprobar disposiciones de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público, y de ingresos del personal. Respecto a los Organismos Supervisores y Reguladores de servicios públicos, el literal e) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria señala que, el procedimiento para la aprobación de tales disposiciones incluye resolución de su titular y su respectiva publicación en el Diario O fi cial El Peruano, en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2022; asimismo, en materia de ingresos del personal se sujeta a lo dispuesto en dicha normativa, y, en lo corresponda, a la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y sus Reglamentos, aprobados en el marco de la Décima Disposición Complementaria Final de la mencionada Ley; Que, con Memorando Circular Nº 00127-2022-GA- OSITRAN la Gerencia de Administración solicitó a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Jefatura de Contabilidad, Logística y Control Patrimonial, Tesorería, Gestión de Recursos Humanos y Tecnología de la Información que, en el ámbito de sus competencias, remitan la propuesta de las medidas de austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público, y de ingresos del personal del Ositrán respeto al periodo 2023; Que, a través del Memorando Nº 001332-2022-GPP- OSITRAN, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto propuso medidas en materia de modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático y en materia de incorporación de mayores ingresos para el fi nanciamiento de personal, bajo el ámbito de competencia de dicha Gerencia, a ser consideradas en la propuesta de Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público en el OSITRAN para el Año Fiscal 2023; Que, mediante Memorando Nº 001409-2022-GA- OSITRAN la Gerencia de Administración informó a la Gerencia General que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Jefatura de Contabilidad, la Jefatura de Logística y Control Patrimonial, la Jefatura de Tesorería, la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos y la Jefatura de Tecnología de la Información, en el marco de las disposiciones contenidas en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, remitieron la propuesta de Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público, y de Ingresos del Personal en el OSITRAN para el Año Fiscal 2023, en el ámbito de sus competencias. Asimismo, la Gerencia de Administración señaló que teniendo en consideración las citadas propuestas, elaboró el proyecto de Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público, y de Ingresos del Personal en el OSITRAN para el Año Fiscal 2023, en el cual se incorporaron los aportes en materia de personal, viajes al exterior y asignación de viáticos, telefonía fi ja, telefonía celular, uso de impresoras, adquisición de vehículos, movilidad local, eventos y atenciones o fi ciales, así como, modi fi caciones presupuestarias e incorporación de mayores ingresos para el fi nanciamiento de personal, cuya versión fi nal cuenta con la conformidad de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, así como de las jefaturas antes mencionadas;