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126 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2022 El Peruano / Servicios, según lo dispuesto en la segunda disposición complementaria del Decreto de Urgencia 034-2021, en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 083-2021 y sus respectivos reemplazos, dispuestos en Sexagésima Primera Disposición Complementaria fi nal de la Ley 31638, así como para nuevas necesidades de contratos administrativos de servicios para garantizar la operatividad institucional. V. RESPONSABLES 5.1 Las unidades de organización y el personal del OSITRÁN, bajo cualquier modalidad laboral, son responsables de cumplir con las presentes Medidas. 5.2 Las unidades de organización del OSITRÁN son responsables de programar los recursos necesarios para la atención de sus requerimientos relacionados con las presentes Medidas, en el marco de sus competencias y para el cumplimiento de sus funciones, los cuales se sujetan a la disponibilidad presupuestal respectiva. 5.3 La Gerencia de Administración y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto son responsables de verifi car, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de las presentes medidas. VI. VIGENCIA Las presentes medidas rigen a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre del Año Fiscal 2023. 2138730-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de EPS CHAVÍN S.A. en el periodo regulatorio 2023-2027 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 129-2022-SUNASS-CD EXP.: 011-2022-SUNASS-DRT-FT Lima, 29 de diciembre de 2022 VISTO: El Memorándum Nº 522-2022-SUNASS-DRT de la Dirección de Regulación Tarifaria, mediante el cual presenta el estudio tarifario fi nal que sustenta la propuesta para el quinquenio regulatorio 2023-2027 de: i) fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIO DE SANEAMIENTO CHAVÍN S.A. (en adelante, EPS CHAVÍN S.A. ) y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa prestadora. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Dirección de Regulación Tarifaria Nº 017-2022-SUNASS-DRT se resolvió iniciar el procedimiento de aprobación de o fi cio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como la determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el siguiente periodo regulatorio de EPS CHAVÍN S.A.Que, si bien a través de la Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2021-SUNASS-CD se aprobó el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras (Reglamento Nuevo ), la segunda disposición complementaria transitoria del referido reglamento prevé que los criterios y plazos establecidos para la elaboración del plan maestro optimizado y el estudio tarifario se aplican por primera vez a las empresas prestadoras cuyo periodo regulatorio culminará en un plazo mayor al de veintidós meses posteriores a la entrada en vigencia del Reglamento Nuevo . Que, asimismo, dispone que en el caso de las empresas prestadoras que no se encuentren dentro del supuesto antes señalado, por única vez, rige lo dispuesto en el Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD (RGT ), tal como es en el caso de EPS CHAVÍN S.A. Que, en ese sentido, corresponde que el presente procedimiento se continúe tramitando bajo lo dispuesto en el RGT . Que, de acuerdo con el procedimiento establecido en el RGT , se ha cumplido con: i) publicar en el diario ofi cial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales y ii) realizar la audiencia pública correspondiente el 2 de diciembre de 2022. Que, la Dirección de Regulación Tarifaria ha evaluado los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública, conforme se aprecia en el Anexo V del estudio tarifario que sustenta la propuesta fi nal de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por EPS CHAVÍN S.A. para el periodo regulatorio 2023- 2027. Que, sobre la base del estudio tarifario, corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de la EPS CHAVÍN S.A. y disponer la constitución del fondo para fi nanciar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa prestadora. Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres 1, se ha previsto en la fórmula tarifaria recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma, considerando el efecto del cambio climático. Que, teniendo en cuenta la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento 2 y su reglamento3, se ha previsto en la fórmula tarifaria recursos que coadyuven a la implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos. Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 29 de diciembre de 2022. HA RESUELTO:Artículo 1°. - Aprobar las metas de gestión que deberá cumplir EPS CHAVÍN S.A. en el periodo regulatorio 2023- 2027, así como los mecanismos de evaluación de su cumplimiento, las cuales se encuentran descritas en el Anexo Nº 1 de la presente resolución. Artículo 2°. - Aprobar la fórmula tarifaria que aplicará EPS CHAVÍN S.A. en el periodo regulatorio 2023-2027, de acuerdo con lo especi fi cado en el Anexo Nº 2 de la presente resolución. Artículo 3°. - Aprobar la estructura tarifaria del periodo regulatorio 2023-2027 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda EPS CHAVÍN S.A. , conforme al detalle contenido en el Anexo Nº 3 de la presente resolución . Artículo 4°. - Disponer la creación de: un fondo para fi nanciar las inversiones con recursos