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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 256

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2022 El Peruano / Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, dentro del plazo de sesenta (60) días hábiles de emitida la presente Resolución Ministerial, gestione la suscripción del instrumento de transferencia a favor del Bene fi ciario y el pago del valor total de la Tasación a que se re fi ere el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y efectuado el pago del valor total de la Tasación, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Formulario Registral y copia certi fi cada de los documentos que acrediten el pago del monto del valor total de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribe la adquisición a nombre de los Sujetos Activos o Bene fi ciario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA. Además, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el bien inmueble; asimismo, los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor total de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones Anexo Valor total de la Tasación de un (01) inmueble afectado por la ejecución de la obra: Aeropuerto Internacional “Capitán FAP Víctor Montes”, ubicado en el distrito de Pirañas, provincia de Talara, departamento de Piura. CÓDIGO DE INMUEBLEVALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (S/)VALOR DEL PERJUICIO ECONOMICO (S/)INCENTIVO DEL 20% DEL VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (S/)VALOR TOTAL DE TASACIÓN (S/) PM1G- AERTALARA- PU-076113 021,00 18 400,00 22 604,20 154 025,20 2139213-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan Asesora II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 423-2022-VIVIENDA Lima, 28 de diciembre de 2022 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II del Despacho Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo;De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Pilar Melgar Gutiérrez, en el cargo de Asesora II del Despacho Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2138888-1 Designan miembro del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú (CONAFOVICER), en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 424-2022-VIVIENDA Lima, 29 de diciembre de 2022 VISTOS:Los O fi cios N°s. 1340-2022-MTPE/1 y 016-2022- MTPE/4/8 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Informe N° 866-2022-VIVIENDA/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Estatuto del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú (CONAFOVICER), aprobado por la Resolución Suprema N° 266-77/VC-1100, el CONAFOVICER está conformado por siete miembros, entre ellos, un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, nombrado por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 327-2021-VIVIENDA, se designa al señor Jean Pierre D´Laura Quintana como miembro del CONAFOVICER, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, con los documentos del visto, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo comunica al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento que el citado miembro ha formulado renuncia a la designación señalada en el considerando precedente; motivo por el cual, solicita que se designe en su reemplazo al señor Guillermo Julio Miranda Hurtado; Que, por el Informe N° 866-2022-VIVIENDA/OGAJ, desde el punto de vista legal, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera viable la emisión de la Resolución Ministerial por la cual se designa al señor Guillermo Julio Miranda Hurtado como miembro del CONAFOVICER en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;