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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 256

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2022 El Peruano / en materia presupuestaria, fi nanciera, normativa, contrataciones del Estado, gestión administrativa y gestión de recursos humanos, según corresponda, a que se refi ere la presente resolución, a la luz de la normatividad legal anteriormente citada; Con la opinión favorable y los visados de la Secretaría General, de la O fi cina General de Asuntos Legales, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Administración y de la O fi cina General de Recursos Humanos; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE:Artículo 1.- De la delegación al Titular del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores Se delega en el(la) Viceministro(a) de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de fi rmar resoluciones de encargaturas, cuando los(las) Directores(as) Generales y Jefes(as) de O fi cina General se ausenten de sus puestos por motivos de licencia, vacaciones, destaque o comisiones de servicios. Artículo 2.- De la delegación al Titular de la Secretaria General Se delega en el(la) Secretario(a) General del Ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes facultades: 2.1 En materia presupuestaria y de planeamientoa) Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático a que se re fi ere el numeral 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. b) Aprobar el Plan Operativo Institucional del Pliego N° 008: Ministerio de Relaciones Exteriores y sus respectivas modi fi catorias. c) Aprobar los procedimientos y lineamientos referidos a la información, documentos, plazos, responsabilidades y procedimientos en general, para la aplicación de lo establecido en el artículo 41 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 En materia fi nanciera Suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios del Pliego Nº 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, que se reporte de manera periódica a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, con excepción de aquella correspondiente al reporte anual a ser enviado para la elaboración de la Cuenta General de la República en el marco del numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad. 2.3 En materia normativaAprobar directivas, planes, manuales, programas, así como todo documento normativo que regule los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnicos-normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de carácter interno a cargo de todas las unidades orgánicas del Ministerio de Relaciones Exteriores.2.4 En materia de contrataciones del Estado Resolver los recursos de apelación interpuestos contra los actos dictados durante el desarrollo de procedimientos de selección, hasta antes del perfeccionamiento del contrato, cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta unidades impositivas tributarias (50 UIT). 2.5 En materia de gestión administrativaa) Suscribir y remitir las solicitudes de pago de honorarios del personal altamente cali fi cado, contratado en el marco de la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente cali fi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones; así como informar a la O fi cina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas los casos en que dicho personal deje de prestar servicios, supuestos a los que se re fi ere el numeral 5.3.2 del artículo 5.3 y el numeral 6.1.9 del artículo 6.1, respectivamente, de la Directiva N° 003-2021-EF/43.01 “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco de la Ley N° 29806”, aprobados con Resolución Ministerial Nº 109-2021-EF/43. b) Constituir comisiones, grupos de trabajo y/o similares al interior de la Entidad, así como disponer la modi fi cación de la conformación de estos, de ser el caso. c) Suscribir convenios de gestión, y de colaboración y cooperación interinstitucional y sus respectivas adendas, con excepción de aquellos que por norma expresa deban ser suscritos por el Titular de la Entidad. Artículo 3.- De la delegación al Titular de la O fi cina General de Administración. Se delega en el(la) jefe(a) de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Relaciones Exteriores las siguientes facultades: 3.1 En materia fi nanciera a) Designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de la unidad ejecutora 00045-Ministerio de Relaciones Exteriores. b) Expedir resoluciones sobre acciones administrativas para el castigo de las cuentas incobrables: castigo directo y castigo indirecto, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Instructivo N° 3 “Provisión y Castigo de las Cuentas Incobrables”, aprobado mediante Resolución de Contaduría N° 067-97-EF/93.01 y sus modi fi catorias. 3.2 En materia de contrataciones del Estado a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como sus modi fi catorias. b) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como sus modi fi catorias. c) Autorizar los procesos de estandarización.d) Aprobar los expedientes técnicos de obra de la unidad ejecutora 00045 - Ministerio de Relaciones Exteriores, en el marco de la normatividad legal vigente sobre la materia. e) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección, incluidos las contrataciones directas; así como para las contrataciones a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco que realice el Ministerio de Relaciones Exteriores. f) Designar a los miembros integrantes de los comités de selección, así como aprobar su remoción, renuncia y designar nuevos integrantes. g) Autorizar la participación de expertos independientes en los comités de selección de procedimientos de selección. h) Aprobar las bases y otros documentos de los procedimientos de selección, incluyendo las provenientes de contrataciones directas. i) Aprobar contrataciones directas bajo los supuestos establecidos en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral