TEXTO PAGINA: 15
15 NORMAS LEGALES Sábado 1 de enero de 2022 El Peruano / Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344- 2018-EF y modi fi catorias; previa opinión de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; d) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección que tendrán a cargo los procedimientos de selección en el marco de lo establecido en Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias, así como reconformar dichos comités; e) Aprobar las bases de los procedimientos de selección, de conformidad con las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; f) Aprobar la cancelación parcial o total de los procedimientos de selección, de conformidad con las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; g) Aprobar que el comité de selección u órgano encargado de las contrataciones, considere válida la oferta económica y otorgue la buena pro a las ofertas que superen el valor referencial o el valor estimado, según corresponda, en los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios, consultoría de obras y ejecución de obras, a que se re fi ere el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; h) Aprobar las contrataciones directas previstas en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; previo informe técnico del área usuaria, que contenga la justi fi cación de la necesidad y procedencia de la contratación directa, así como el informe técnico - legal de la O fi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares. i) Aprobar y suscribir los convenios interinstitucionales para efectuar el encargo de la realización de las actuaciones preparatorias y/o el procedimiento de selección para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías y obras, en el marco del Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; j) Aprobar los expedientes de contratación y los documentos del procedimiento de selección que correspondan, así como designar al Comité de Selección, cuando el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo actúe en las compras corporativas facultativas como entidad encargada; k) Suscribir los contratos con el postor adjudicado con la buena pro, incluidos los contratos complementarios, y sus modi fi caciones posteriores, así como la resolución de los mismos por las causales reguladas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; incluyendo la suscripción de los contratos en el marco del supuesto de exclusión del ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado sujetos a supervisión, regulados en el literal f) del numeral 5.1 del artículo 5 del citado Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; l) Aprobar la subcontratación a que hace referencia el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, y modi fi catorias; m) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales de bienes y servicios, de conformidad con las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias;n) Aprobar la reducción de prestaciones de bienes, servicios, de conformidad con las disposiciones de la normativa sobre la materia. Para el caso de reducción de prestaciones en contratos de obras, se requiere opinión previa de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; o) Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual, de conformidad con las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias. Para el caso de solicitud de ampliación del plazo en contratos de obras, se requiere opinión previa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; p) Aprobar otras modi fi caciones al contrato cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que no impliquen la variación del precio, incluyendo las modi fi caciones del contrato cuando el contratista ofrezca bienes y/o servicios con iguales o mejores características técnicas, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; q) Tramitar las comunicaciones sobre la presunta comisión de infracciones, actuaciones y otros actos vinculados a los procesos de contratación, que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y el Tribunal de Contrataciones del Estado, previo informe técnico de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, y legal de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; r) Designar al comité de recepción de la obra, de conformidad con el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; s) Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de ejecución de obras y de consultorías de obras que se presenten a la Entidad, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; t) Formalizar la cesión de posición contractual y cesión de derechos (solo en lo correspondiente al pago) en los casos previstos en el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; u) Suscribir las adendas correspondientes que prorroguen los contratos de servicios de arrendamiento de bienes inmuebles, de conformidad con el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; v) Autorizar las contrataciones a realizarse a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, de conformidad al numeral 8.7 de la Directiva Nº 007-2017-OSCE-CD “Disposiciones Aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco”, aprobada por Resolución Nº 007-2017-OSCE/CD; así como, aprobar el expediente de contratación, de las contrataciones cuyo monto sea igual o superior a los S/ 100 000,00 (CIEN MIL con 00/100 Soles); w) Aprobar las modi fi caciones contractuales, ampliaciones de plazo y resoluciones contractuales cuando estas se deriven de contrataciones a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, cuyo monto de la contratación sea igual o superior a los S/ 100 000,00 (CIEN MIL con 00/100 Soles); x) Disponer el inicio de las acciones pertinentes, de acuerdo con las normas y procedimientos disciplinarios aplicados, en los casos previstos en el numeral 8.11 de la Directiva Nº 007-2017-OSCE-CD “Disposiciones Aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco”, aprobada por Resolución Nº 007-2017-OSCE/CD;