TEXTO PAGINA: 6
6 NORMAS LEGALES Sábado 1 de enero de 2022 El Peruano / y contribuir con la reactivación del Sector Turismo frente a la propagación del COVID-19; Que, en ese sentido, teniendo en consideración lo señalado en el Informe N° 462-2021-MINCETUR/VMT/DGET/DIOT-NAR de la Dirección de Innovación de la Oferta Turística y el informe Nº 006-2021–MINCETUR/VMT/DGET-OGP de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, el Informe Nº 0149-2021-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo y el Informe N° 0069-2021-MINCETUR/SG/AJ-MIC resulta pertinente ampliar el periodo de vigencia del Programa “Turismo Emprende” hasta el 31 de diciembre de 2025, período durante el cual el MINCETUR, con cargo a su presupuesto institucional, asignará a dicho Programa hasta la suma de S/ 2 500 000,00 (Dos Millones Quinientos Mil con 00/100 Soles) anuales; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Decreto Legislativo Nº 1329 y sus modi fi catorias, que crea el Programa “Turismo Emprende”, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2019-MINCETUR y el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modi fi catorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación del período de vigencia del Programa “Turismo Emprende” Modifícase el período de vigencia del Programa “Turismo Emprende” creado mediante el Decreto Legislativo N° 1329 y modi fi catorias, hasta el 31 de diciembre del Año Fiscal 2025, período durante el cual el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, destinará con cargo a su presupuesto institucional, de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados provenientes de la aplicación de la Ley Nº 27153, Ley que regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, hasta la suma de S/ 2 500 000,00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES) anuales, para fi nanciar el otorgamiento de subvenciones concursables, siempre que se cuente con la respectiva disponibilidad presupuestal. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación del presente Decreto Supremo, en los portales institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), así como en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la Plataforma del Sistema Único de Trámites (sut.pcm.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2027131-1 Designan Director Nacional del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010-2021-MINCETUR Lima, 31 de diciembre de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 002- 2021-MINCETUR, se designó a la señora Graciela Margarita María Seminario Marón en el cargo de Directora Nacional del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR; Que, resulta conveniente dar por concluida la designación descrita en el párrafo precedente y designar al funcionario que desempeñará el cargo de Director Nacional del CENFOTUR; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y la Ley 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora GRACIELA MARGARITA MARÍA SEMINARIO MARÓN al cargo de Directora Nacional del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor VÍCTOR FERNANDO SOTELO CANALES en el cargo de Director Nacional del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2027131-2 ENERGIA Y MINAS Califican como fuerza mayor evento invocado por CSF Continua Chachani S.A.C., denominado: “Problemas en la cadena de suministro de paneles solares, a causa de la pandemia por la COVID-19”, aprueban modificación de concesión, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 461-2021-MINEM/DM Lima, 15 de diciembre de 2021VISTOS: El Expediente Nº 16389919 sobre la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Solar “CSF Continua Chachani 100 MW”; la solicitud de modi fi cación de la mencionada concesión de fi nitiva, presentada por CSF Continua Chachani S.A.C.; el Informe Nº 721-2021-MINEM/DGE-DCE, elaborado por la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 1207-2021-MINEM/OGAJ, elaborado por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 030-2020-MINEM/DM, publicada el 12 de febrero de 2020, se otorgó a favor de CSF Continua Chachani S.A.C. la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Solar “CSF Continua Chachani 100 MW”, ubicada en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, autorizándose la suscripción