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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2022 (25/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Martes 25 de enero de 2022 El Peruano / y Visación de Planos para servicios básicos, la misma que debe ser considerada al momento de la aprobación del nuevo TUPA; Que, mediante Informe N° 180-2021-MDL/GOPRI de fecha 23 de noviembre de 2021, de la Gerencia de Obras Privadas, hace suyo la opinión de rati fi car la Ordenanza N° 274-MDL con respecto a la exoneración en 100% las tasas administrativas por derecho de trámite por expedición de constancias de posesión y visación de planos para servicios básicos; Que, mediante Informe N° 632-2021-MDL/GAJ de fecha 24 de noviembre de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable respecto a la rati fi cación de la Ordenanza N° 274-MDL en cuanto a la exoneración a que se contrae el Artículo 4° de la misma; Que, mediante Memorándum N° 1114-2021/GM-MDL de fecha 25 de noviembre de 2021, la Gerencia Municipal remite los documentos, para la rati fi cación y vigencia de la Ordenanza N° 274-MDL; Que, mediante Dictamen N°11-2021-CAJEyR-MDL de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Economía y Rentas, que dictamina en forma favorable la aprobación del proyecto de Ordenanza que rati fi ca el artículo 4° de la Ordenanza N° 274-MDL; Estando a lo expuesto, de conformidad con el numeral 8) del artículo 9° y el artículo 40 de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Lurigancho por unanimidad aprobó lo siguiente: “ORDENANZA QUE RATIFICA EL ARTÍCULO 4° DE LA ORDENANZA N° 274-MDL” Artículo Primero.- RATIFICAR, el Artículo 4° de la Ordenanza N° 274-MDL. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- VIGENCIA, la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Obras Privadas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Rentas y demás áreas pertinentes, para conocimiento y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaria General la difusión y publicación en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica y en el Portal de Transparencia Estándar -PTE. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ Alcalde 2033260-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 306- MDL “Ordenanza que fija la Tasa de interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias administradas y/o recaudadas” DECRETO DE ALCALDÍA N° 013-2021/MDL Lurigancho, 30 de diciembre de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO VISTO:El Memorándum N° 1259-2021/GM-MDL de la Gerencia Municipal, el Informe N° 751-2021-MDL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 081-2021/ MDL/GR de la Gerencia de Rentas, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley N° 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo mismo que se señala en el Articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, cuya autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico; Que, el Artículo 42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que mediante los Decretos de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Que, mediante Ordenanza N° 306-MDL, publicado en el Diario O fi cial El Peruano, con fecha 06 de mayo, se aprobó la “Ordenanza que fi ja la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias administradas y/o recaudadas” disponiéndose su vigencia hasta el 31 de diciembre del presente año fi scal; Que, Informe N° 081-2021/MDL/GR de la Gerencia de Rentas, señala que, encontrándonos aún en Estado de Emergencia es necesario seguir brindando los bene fi cios a los contribuyentes (natural y jurídico) del distrito para poder continuar con una recaudación adecuada y positiva; por lo que, solicita la prórroga de la vigencia de la citada ordenanza hasta el 30 de junio de 2022; Que, mediante Informe N° 751-2021-MDL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es legalmente factible aprobar la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 306-MDL mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Memorándum N° 1259-2021/GM- MDL de la Gerencia Municipal, se dispone la emisión del Decreto de Alcaldía que prórroga la vigencia de la Ordenanza N° 306-MDL “Ordenanza que fi ja la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias administradas y/o recaudadas”; Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20°, inciso 6) y el artículo 42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza N° 306-MDL “Ordenanza que fi ja la Tasa de interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias administradas y/o recaudadas”, hasta el 30 de junio de 2022. Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto a la Gerencia de Rentas, a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero.- DISPONER, a través de la Secretaria General, la publicación del presente Decreto en el Diario O fi cial El Peruano; y, a través de la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica y la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas, la publicación en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia Estándar – PTE y en todas las plataformas de la Municipalidad Distrital de Lurigancho. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ Alcalde 2033264-1