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86 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de enero de 2022 El Peruano / Artículo Séptimo.- Adecuación de los procedimientos administrativos de Telecomunicaciones Precísese que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con las autorizaciones para instalación de infraestructura de telecomunicaciones se encuentran adecuados a la Ley N° 29022, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MTC, y modi fi catorias. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25 del Decreto Supremo N.° 003-2015-MTC, corresponde disponer la publicación en el portal web institucional o en el Diario O fi cial El Peruano y/o uno de mayor circulación nacional, las estructuras de costos que sustenten la determinación del importe de las tasas que cobren de los procedimientos de telecomunicaciones. Artículo Octavo.- Adecuación al procedimiento de Acceso a la Información pública Precísese que el procedimiento administrativo “Acceso a la Información Pública Creada u Obtenida por la Entidad, que se Encuentre en su Posesión o Bajo su Control” se encuentra adecuado a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 164-2020-PCM, “que aprueba el procedimiento administrativo estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control”, en lo referido a los requisitos, plazos, derechos de tramitación y demás aspectos. Artículo Noveno.- Disponibilidad de la Información: La presente Ordenanza, el Anexo TUPA y el Acuerdo ratifi catorio estarán disponibles en el portal electrónico de Servicio de Administración Tributaria – SAT (www.sat.gob.pe). Artículo Décimo.- Publicidad: La presente Ordenanza y el Acuerdo rati fi catorio serán publicados en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, la presente Ordenanza y el Anexo TUPA que contiene los procedimientos y servicios aprobados, serán publicados en el Portal del Diario Ofi cial El Peruano y serán difundidos, adicionalmente, a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lurigancho y en el Portal de Transparencia Estándar – PTE. Artículo Décimo Primero.- Derogación: Deróguese toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VICTOR A. CASTILLLO SANCHEZ Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2033366-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Ordenanza que aprueba establecer beneficios tributarios por el pronto pago de arbitrios municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2022 en el distrito de San Bartolo ORDENANZA MUNICIPAL Nº 320-2022/MDSB San Bartolo, 13 de enero de 2022EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN BARTOLOVISTO Y CONSIDERANDO: El Acuerdo de Concejo Nº 001-2022/MDSB y demás documentos que sustentan el presente, y; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores regidores se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA ESTABLECER BENEFICIOS TRIBUTARIOS POR EL PRONTO PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2022 EN EL DISTRITO DE SAN BARTOLO Artículo Primero: OBJETO La presente ordenanza tiene por objeto otorgar bene fi cios y/o incentivos tributarios, con la fi nalidad de promover el cumplimiento puntual y voluntario del pago de los tributos municipales del año 2022 en el Distrito de San Bartolo. Artículo Segundo: VIGENCIA Los Bene fi cios Tributarios señalados en el Artículo Cuarto de la presente Ordenanza, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, y se mantendrán vigentes hasta el 28 de febrero del 2022. Artículo Tercero: BENEFICIARIOS Podrán acogerse a los bene fi cios que se establecen en la presente ordenanza las personas naturales y jurídicas que estén sujetas al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Artículo Cuarto: BENEFICIOS DE PRONTO PAGO Los contribuyentes que, hasta el 28 de febrero del 2022, cumplan con cancelar la totalidad del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del mismo año, y a su vez, se encuentren al día en sus pagos por concepto de obligaciones tributarias hasta el año 2021, obtendrán un descuento sobre los importes insolutos de los Arbitrios Municipales de recolección de residuos sólidos, barrido de calles y vías públicas, parques y jardines públicos y Serenazgo correspondientes al año 2022, según el siguiente detalle: TIPO DE PERSONA DESCUENTO ARBITRIOS MUNICIPALES 2022 Personas Naturales 25% Personas Jurídicas 15% DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Única: Los contribuyentes suelen hacer uso de los locales municipales para realizar el pago de sus obligaciones tributarias, siendo que tal concurrencia se suele incrementar en los meses de vencimiento tributarios; concentrándose dichos pagos principalmente respecto de sus predios; es por ello, se ha establecido 2 modos de pago: 1. Pago Electrónico: Que, por las consideraciones expuestas, corresponde continuar con la política de distanciamiento dictada por el gobierno central, incentivando el pago de las obligaciones tributarias respecto a predios registrados a nombre de personas naturales y jurídicas en la Municipalidad Distrital de San Bartolo, siempre que este año se realice mediante diversos canales electrónicos de las entidades bancarias, esa información que podrá ser visualizada en el Portal Institucional (www.munisanbartolo.gob.pe), como una forma de evitar concurrencia a los locales municipales en forma masiva y disminuir el riesgo al contagio y la propagación del COVID-19, coadyuvando el cumplimiento de las normas y el distanciamiento social durante el estado de emergencia sanitaria y su mantenimiento posterior.