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111 NORMAS LEGALES Sábado 29 de enero de 2022 El Peruano / las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Publico o la norma de creación de la entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, según lo dispuesto en el numeral 47.2 del artículo 47º del Decreto Legislativo Nº 1440 las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular de la Entidad, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto de la que haga su vez en la entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación y formalización, a través de una disposición expresa que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, de acuerdo al Informe Nº 011-2022-SGPPI/GPP/ MDSJM, la Subgerencia de Presupuesto y Programación de Inversiones propone que, con la fi nalidad de facilitar y coadyuvar a una buena gestión presupuestal y al cumplimiento de los objetivos y metas Institucionales, se le delegue a la Gerencia Municipal facultades su fi cientes para aprobar y formalizar las eventuales modi fi caciones presupuestarias que se realicen en el Nivel Funcional y Programático; Que, mediante el Informe Nº 012-2022-GAJ/ MDSJM, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal Favorable para la emisión de la Resolución de Alcaldía para delegar facultades al Gerente Municipal para la aprobación y formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático; Que, asimismo de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 20 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 es facultad del alcalde delegar sus atribuciones administrativas en el Gerente Municipal; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 20º, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR al GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES la facultad de aprobar y formalizar las Modi fi caciones Presupuestarias al Presupuesto Institucional en el Nivel Funcional y Programático, a propuesta de la Subgerencia de Presupuesto y Programación de Inversiones; por las consideraciones expuestas en la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Presupuesto y Programación de inversiones hacer de conocimiento la presente resolución a los organismos señalado en el numeral 31.4 del artículo 31 de Decreto Legislativo Nº1440, Decreto Legislativo del Sistemas Nacional de Presupuesto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente resolución en el Diario O fi cial el “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnologías de la información y soporte informático su publicación en el portal institucional (www.munisjm.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. DANIEL CASTRO SEGURA Alcalde 2034710-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 497-MDS que aprobó descuentos por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2022 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2022-MDS Surquillo, 26 de enero de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: VISTO; el Memorando Nº 075-2022-GM-MDS, de fecha 26 de enero de 2022, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 025-2022-GAJ-MDS, de fecha 24 de enero de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 033-2022-GR-MDS, de fecha 24 de enero de 2022, emitido por la Gerencia de Rentas; el Informe Nº 011-2022-SGEC-GR-MDS, de fecha 24 de enero de 2022, emitido por la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva; el Informe Nº 049-2022-SGFT-GR-MDS, de fecha 24 de enero de 2022, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Surquillo, es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº497-MDS, se aprobó los descuentos por el Pronto Pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2022; Que; a través de la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº 497-MDS, el Concejo Municipal de Surquillo facultó al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la misma, establecidos en el Punto 1) literales a) y c) y en el Punto 2) literales a) y c) del Articulo Tercero hasta el día 15 de febrero de 2022; Que, en ese sentido, el Memorando Nº 075-2022-GM- MDS, de fecha 26 de enero de 2022, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 011-2022-SGEC-GR-MDS, de fecha 24 de enero de 2022, emitido por la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva; el Informe Nº 049-2022-SGFT-GR-MDS, de fecha 24 de enero de 2022, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria; el Informe Nº 025-2022-GAJ-MDS, de fecha 24 de enero de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; opinan favorable respecto a la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 497-MDS; En uso de las facultades conferidas por los artículos 38º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 18 de febrero de 2022, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 497-MDS que aprobó los “DESCUENTOS POR EL PRONTO PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2022” establecidos en el Punto 1) literales a) y c) y en el Punto 2) literales a) y c) del Artículo Tercero por los considerandos antes expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Estadística e Informática, Subgerencia de Fiscalización Tributaria, Subgerencia de Ejecutoria Coactiva y Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente decreto en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Surquillo (www.munisurquillo.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase. GIANCARLO GUIDO CASASSA SANCHEZ Alcalde 2034657-1