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108 NORMAS LEGALES Sábado 29 de enero de 2022 El Peruano / Pucusana, aprobado por Ordenanza Nº 002-02-MDP, el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Publica creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control y sus anexos, sosteniendo como principal argumento lo siguiente: “(...) 3.12. En ese sentido, resulta necesario adecuar el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Publica creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control aprobado mediante Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, conforme se detallan en sus Anexos Nº 01 y 02, en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Pucusana aprobado mediante Ordenanza Nº 002-02-MDP, (...)”. Que, mediante Memorándum Nº 997A-2021-GM/MDP de fecha 06 de diciembre de 2021, la Gerencia Municipal solicita que se emita el Decreto de Alcaldía que adecue el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Publica creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control en el Texto Único de Procedimiento Administrativos de la Municipalidad Distrital de Pucusana, en base a los actuados administrativos que obran en el expediente. En este contexto, estando a los considerandos precedentes y en uso de la facultad conferida por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- ADECUAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Pucusana, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 002-02-MDP, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, que aprobó el procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, conforme al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ESTABLECER que el presente Decreto, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Secretaria General y demás áreas administrativas correspondientes, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Sistemas, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana (www.munipucusana.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.LIDIA AMÉRICA CARRILLO VELIZ Alcaldesa * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2034623-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban la celebración del 1º Matrimonio Civil Comunitario del año 2022 en el distrito de Puente Piedra ORDENANZA Nº 409-MDPP Puente Piedra, 28 de enero de 2022EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En sesión ordinaria de la fecha ha dado la siguiente Ordenanza;CONSIDERANDO: Que, es política de esta Entidad, promover el matrimonio como institución social y jurídica, entre aquellas parejas que se encuentran en condición de contraer matrimonio civil para contribuir a la consolidación de la familia como célula básica de la sociedad, cautelando su legalidad y seguridad jurídica; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modi fi catorias, en concordancia con la Norma IV del TUO del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modi fi catorias, señala que mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley, así como, el artículo 68º, literal b), del TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modi fi catorias, prescribe que las Municipalidades podrán imponer, entre otras, las tasas por servicios administrativos o derechos, que son las tasas que debe pagar el contribuyente a la Municipalidad por concepto de tramitación de procedimientos administrativos; ORDENANZA QUE APRUEBA LA CELEBRACIÓN DEL 1º MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL AÑO 2022 EN EL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- APROBAR la celebración del 1º Matrimonio Civil Comunitario 2022, a realizarse en el mes de febrero del año en curso de forma descentralizada en las zonas norte, centro y sur de la jurisdicción del distrito de Puente Piedra. Artículo Segundo.- EXONERAR a los contrayentes, que participen en el 1º Matrimonio Civil Comunitario 2022, del pago de la tasa por concepto de Matrimonio Civil, establecida en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, aprobado por Ordenanza Nº 394-MDPP. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente norma sea aplicable a los contrayentes que residan en el Distrito de Puente Piedra, y que participen en la celebración del 1º Matrimonio Civil Comunitario 2022. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Secretaria General la publicación de la Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de Administración y Finanzas, su publicación en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN SANTIAGO ESPINOZA VENEGAS Alcalde 2034627-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Ordenanza que establece las fechas de vencimiento de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y determina los incentivos por pronto pago del ejercicio 2022 para el distrito de San Juan de Miraflores ORDENANZA Nº 460/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 27 de enero del 2022 LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 780-2021-MDSJM/GAT-SGRT de la Subgerencia de Recaudación Tributaria, por el cual establece las fechas de vencimiento de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales