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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2022 (29/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 101

101 NORMAS LEGALES Sábado 29 de enero de 2022 El Peruano / Artículo Segundo .- Comunicar la presente resolución a los señores magistrados, a la Secretaría General, la Secretaría Relatoría, a la jefa de Gabinete de Asesores Jurisdiccionales, a la Dirección General de Administración; a las O fi cinas de Presupuesto, Planeamiento y Desarrollo, Imagen Institucional, Logística, Tecnologías de la Información y al Órgano de Control Institucional, para los fi nes de ley. Regístrese y comuníquese.AUGUSTO FERRERO COSTA Presidente 2034774-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Prorrogan fecha de vencimiento para el pago de primera cuota de los arbitrios municipales 2022, y dictan otras disposiciones DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2022-MDB Barranco, 21 de enero de 2022EL ALCALDE DISTRITAL DE BARRANCOVISTOS:El Informe Nº 002-2022-GAT-MDB emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, los Memorándum Nº 029 y 032-2022-GM-MDB emitidos por la Gerencia Municipal y el Informe Nº 031-2022-GAJ-MDB emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por las Leyes de Reforma Constitucional Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 42º de la precitada Ley, señala que los decretos de alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante la ordenanza Nº 560-2021-MDB publicada en el diario o fi cial El Peruano el 22 de diciembre de 2021, se prorrogó para el ejercicio 2022, los costos y tasas de arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines públicos y serenazgo aprobados para el ejercicio 2021, en el artículo 4º de la referida norma se estableció el vencimiento del pago de los arbitrios, asimismo en su primera disposición fi nal se estableció los incentivos tributarios por Pronto Pago; fi nalmente en su cuarta disposición fi nal, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda dictar las disposiciones para su mejor aplicación, así como disponga la prórroga de los plazos aprobados en la citada ordenanza;Que, mediante el informe del visto, la Gerencia de Administración Tributaria, señala que la cultura tributaria impregnada en nuestros contribuyentes se traduce en la exigencia de obtener sus cuponeras de liquidación de tributos con el tiempo prudente para programar el pago anual o trimestral del impuesto predial y anual y mensual en el caso de los arbitrios municipales; En mérito a ello, dicha Gerencia señala que existe un porcentaje de contribuyentes con domicilio fi scal fuera del distrito de Barranco lo cual genera un mayor tiempo en noti fi car las cuponeras y que otro porcentaje de contribuyentes por motivo de la post-pandemia COVID-19, aunado a la variante del Omicron, recién están recuperándose económicamente, asimismo la diligencia de noti fi cación implica nuevos protocolos teniendo como resultado el empleo de más días en dichas diligencias por la nueva variante del COVID 19; Que, en mérito a lo explicado, dicha Gerencia estima conveniente proponer a la alta dirección, la prórroga del vencimiento de la primera cuota de los arbitrios municipales correspondientes a los meses de enero y febrero programado para el 28 de febrero de 2022, así como extender la prórroga del bene fi cio contenido en la primera disposición fi nal a fi n de incentivar el pronto pago de los arbitrios municipales del ejercicio 2022; Que, con Informe del visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica da opinión favorable respecto a la emisión del Decreto de Alcaldía, por lo que se debe elevar los actuados al despacho de alcaldía para que proceda a emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente; En uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del art. 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2022, el vencimiento para el pago de la primera cuota de los arbitrios municipales 2022 correspondientes a los meses de enero y febrero del año 2022. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 28 de febrero de 2022, el descuento del 15% en arbitrios por pronto pago y hasta el 31 de marzo de 2022 el descuento del 10 % en arbitrios, por pronto pago establecidos en los numerales 1 y 2 de la primera disposición fi nal de la Ordenanza Nº 560-2021-MDB respectivamente Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en diario o fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Sub Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información y a la Sub Gerencia de Recaudación Ordinaria y Coactiva Tributaria, el cumplimiento de los dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario o fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad www.munibarranco.gob.pe y la difusión de los alcances del presente decreto de alcaldía a la Subgerencia de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ JUAN RODRÍGUEZ CÁRDENAS Alcalde 2034810-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Ordenanza que aprueba el Incentivo Tributario (Pronto Pago) al pago oportuno de las obligaciones tributarias del ejercicio 2022, de la Municipalidad Distrital de Comas ORDENANZA MUNICIPAL Nº 629/MDC Comas, 21 de enero del 2022