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5 NORMAS LEGALES Domingo 13 de febrero de 2022 El Peruano / como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Lurigancho, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 004-2021-DCS-CDT/MC de fecha 17 de diciembre de 2021, el Informe N° 000886-2021-DSFL/MC, Informe N° 000194-2021-DSFL-MDR/MC e Informe Nº 000011-2022-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código N° PP-108_MC_DGPA/DSFL-2015 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO DirectoraDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2038542-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0069-2022-DE Lima, 7 de febrero de 2022VISTOS: El O fi cio Nº 0001/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 00084-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00054-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante el Acuerdo de Cooperación entre la Prefectura Naval Argentina y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, suscrito el 2 de julio de 2012, se acordó el intercambio de información, capacitación y experiencia, en áreas de interés común para el personal de ambas Instituciones, estableciendo en el numeral 1 del artículo 3 la designación de O fi ciales en el grado de Prefecto Principal y Capitán de Fragata, para que cumplan funciones en la O fi cina de Asuntos Internacionales, como Ofi ciales de Enlace en ambas Instituciones; Que, a través de la Enmienda al Acuerdo de Cooperación del 2 de julio de 2012, se modi fi ca el numeral 4 del artículo 3, estableciendo que “La autoridad an fi triona pondrá a disposición del O fi cial de Enlace de la contraparte lo necesario para su buen desempeño profesional, dentro de sus capacidades reales y presupuestarias, en un marco de respeto a la investidura que representa”; Que, mediante O fi cio Nº 014/43, el Jefe de la O fi cina de Asuntos Internacionales de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas hace de conocimiento, al Secretario en Asuntos Internacionales de la Prefectura Naval Argentina, la designación del Capitán de Fragata Harold RICHTER CAMINO, para que se desempeñe como O fi cial de Enlace en la referida Secretaría de Asuntos Internacionales, a partir del 1 de marzo de 2022, por un período de dos (2) años; Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 053- 2021, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica y el Jefe de la O fi cina de Asuntos Internacionales de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas opinan que es procedente la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata Harold RICHTER CAMINO, para que se desempeñe como O fi cial de Enlace en la Secretaría de Asuntos Internacionales de la Prefectura Naval Argentina, en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 1 de marzo de 2022 al 29 de febrero de 2024, autorizando su salida del país el 28 de febrero de 2022 y su retorno el 1 de marzo de 2024; Que, con O fi cio Nº 3564/51, la Dirección General del Personal de la Marina remite a la Comandancia General de la Marina la documentación pertinente para la tramitación de la autorización del viaje, en comisión de servicio, del mencionado O fi cial Superior, para que se desempeñe como O fi cial de Enlace en la Secretaría de Asuntos Internacionales de la Prefectura Naval Argentina, en el lugar y fechas programadas; Que, mediante Carta NO-2021-121773627-APN- PNAR#PNA, la Prefectura Naval Argentina hace de conocimiento al Jefe de Asuntos Internacionales de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas que, de conformidad con la Enmienda al artículo 3, apartado 4 del Acuerdo de Cooperación, suscrito el 2 de julio de 2012, y sobre la base de la capacidad presupuestaria de la autoridad an fi triona, la citada Prefectura no se hará cargo de los gastos correspondientes a hospedaje, alimentación, traslados y pasajes aéreos internacionales, debiendo ser asumidos por la Autoridad Marítima del Perú; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 104-2021, suscrita por el Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina y por el Director de Administración de Personal de la Marina, se detallan los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales (titular, esposa e hijos), compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gastos de traslado correspondiente a la ida, que se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2022 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 116-2021, el Jefe de la Oficina de Planes Programas y Presupuestos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, se detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, conforme a las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000165, Nº 0000000254 y Nº 0000000417, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior durante el Año Fiscal 2022; Que, considerando la duración de la comisión de servicio, el interesado realizará el viaje al exterior en compañía de su esposa e hijos, debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como, su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Nº 0001/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata Harold RICHTER CAMINO, para que se