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19 NORMAS LEGALES Domingo 13 de febrero de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el numeral 2 del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece que el personal de con fi anza se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente; Que, de conformidad al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, aprobado por Resolución Ministerial Nº 247-2021-PCM, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 23 de octubre de 2021, y cuya última actualización fue aprobada con la Resolución Nº 000001-2022-ORH/INDECOPI, el cargo de Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica (CAP 395) se encuentra clasi fi cado como un cargo de con fi anza; Que, el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y modi fi catorias, establece como una de las funciones de la Gerencia General el designar y remover al personal de la Institución; Que, el literal e) del artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por la Resolución Nº 000060-2021-PRE/INDECOPI, establece que la Gerencia General designa a los Jefes de los Órganos de Asesoramiento; Que, el numeral 05.1 del artículo 52 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, establece que la O fi cina de Asesoría Jurídica es un Órgano de Asesoramiento de la Institución; Que, mediante Memorándum Nº 000086-2022-GEG/ INDECOPI, la Gerencia General solicita a la O fi cina de Recursos Humanos evaluar al señor Julio Martin Ubillus Soriano como candidato para el puesto de Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica (CAP 395); Que, mediante Informe Nº 000073-2022-ORH/ INDECOPI, la O fi cina de Recursos Humanos concluye que el señor Julio Martin Ubillus Soriano cumple con las competencias, méritos, requisitos y/o atributos requeridos para ocupar el puesto de Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica (CAP 395); Que, mediante Informe Nº 000105-2022-OAJ/ INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que la Gerenta General se constituye en la autoridad competente para designar al servidor que ocupe el referido cargo; Que, en atención a lo expuesto, la Gerencia General considera pertinente proceder con la designación del señor Julio Martin Ubillus Soriano como Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica (CAP 395), de conformidad con el ordenamiento legal vigente; Que, considerando la naturaleza del cargo, el mismo que se encuentra clasi fi cado como “empleado de confi anza”, la designación culminará con el retiro de la confi anza otorgada; Con el visto bueno de la O fi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el numeral 2 del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, con el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y modi fi catorias, y con el literal e) del artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por la Resolución Nº 000060-2021-PRE/INDECOPI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Julio Martin Ubillus Soriano en el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica (CAP 395) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, con efectividad al 12 de febrero del 2022. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina realizar las gestiones necesarias para la e fi cacia de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILAGRITOS PILAR PASTOR PAREDES Gerenta General 2038771-1ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Designan Gerentes Generales, Gerentes de Línea y Gerentes de Apoyo de las Empresas Prestadoras de los Servicios de Saneamiento incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 02-2022-OTASS/CD Lima, 11 de febrero de 2022 VISTOS:Los Informes N° 000011-2022-OTASS-SGC, N° 000013-2022-OTASS-SGC y N° 000014-2022-OTASS-SGC de la Secretaría de Gestión Corporativa, los Informes N° 000045-2022-OTASS-OA y N° 000050-2022-OTASS-OA, ambos de la O fi cina de Administración, los Informes N° 000090-2022-OTASS-URH y N° 000096-2022-OTASS-URH, ambos de la Unidad de Recursos Humanos, el Acta de Sesión Ordinaria de Consejo Directivo N° 002-2022, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento (en adelante, TUO de la Ley Marco), el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (en adelante, OTASS) es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el ente rector; Que, en el sub numeral 3 del numeral 101.1 del artículo 101 del TUO de la Ley Marco se señala que a partir del inicio y durante la aplicación del Régimen de Apoyo Transitorio, la responsabilidad y la administración de la prestación de los servicios de saneamiento en el ámbito de las empresas prestadoras se encuentra a cargo del OTASS; y, para tales efectos este Organismo Técnico se encuentra facultado para contratar gerentes bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), hasta un máximo de cinco (5) personas que tendrán la calidad de personal de con fi anza; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 101.4 del artículo 101 del TUO de la Ley Marco, los Gerentes de las empresas prestadoras incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio son designados por el Consejo Directivo del OTASS, cuyo acuerdo es título su fi ciente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la o fi cina registral respectiva; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.4 de los Lineamientos para la selección y designación de los miembros de las Comisiones de Dirección Transitoria, Gerentes Generales y, Gerentes de Línea, de Apoyo y de Asesoramiento e incorporación de los representantes de accionistas en las Comisiones de Dirección Transitoria de las empresas prestadoras incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio, aprobado con Resolución de Consejo Directivo N° 22-2020-OTASS/CD de fecha 15 de diciembre de 2020, es atribución del Consejo Directivo del OTASS remover en cualquier momento y por necesidad de servicio, entre otros, a los gerentes de las