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14 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de febrero de 2022 El Peruano / refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas, a solicitud de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, las que comprenden los recursos a los que se re fi eren los literales b) y d) del numeral 67.1, los cuales se destinan a fi nanciar los fi nes establecidos en los acápites ii y iii del literal c) y el literal d) del numeral 67.1 del artículo 67 de la citada Ley; Que, mediante el O fi cio Nº 0019-2022-ARCC/DE, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, a favor del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC, con cargo a los recursos de seis (06) pliegos del Gobierno Nacional, de ocho (08) Gobiernos Regionales y de sesenta y dos (62) Gobiernos Locales, asignados a través del literal b) del numeral 67.1 del artículo 67 de la Ley Nº 31365, que corresponden a saldos de libre disponibilidad según proyección al cierre del Año Fiscal 2022 y a la modi fi cación y/o actualización del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, en el marco de lo dispuesto en el numeral 67.3 del citado artículo 67; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 01-2022-ARCC/GG/OPP, que remite el Informe Nº 02-2022-ARCC/GG/OPP-LGTG de su O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, con los sustentos respectivos; asimismo, mediante los O fi cios Nºs. 17 y 00019-2022-ARCC/GG/OPP la citada O fi cina remite información complementaria; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 381 556 294,00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, a favor del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC, con cargo a los recursos de seis (06) pliegos del Gobierno Nacional, de ocho (08) Gobiernos Regionales y de sesenta y dos (62) Gobiernos Locales, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; y, en el numeral 67.3 del artículo 67 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 381 556 294,00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC, con cargo a los recursos de seis (06) pliegos del Gobierno Nacional, de ocho (08) Gobiernos Regionales y de sesenta y dos (62) Gobiernos Locales, que corresponden a saldos de libre disponibilidad según proyección al cierre del Año Fiscal 2022 y a la modi fi cación y/o actualización del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, en el marco de lo dispuesto en el numeral 67.3 del artículo 67 de la Ley Nº 31365, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGOS : Gobierno NacionalFUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 209 810 422,00 --------------------- Sub total Gobierno Nacional 209 810 422,00SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 76 556 018,00 --------------------- Sub total Gobiernos Regionales 76 556 018,00 SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos LocalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 95 189 854,00 --------------------- Sub total Gobiernos Locales 95 189 854,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 381 556 294,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de MinistrosUNIDAD EJECUTORA 017 : Autoridad para la Reconstrucción con Cambios – RCC CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005970 : Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y transferencias 381 556 294,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 381 556 294,00 ============ 1.2. El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo Nº 1: “Transferencia de Partidas a favor del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros - Autoridad para la Reconstrucción con Cambios”, que forma parte integrante de la presente norma, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1. El Titular de los Pliegos habilitadores y del Pliego habilitado en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2. La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo Nº 2: “Ingresos”, que forma parte integrante de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Especí fi ca; y, se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente. Dicho Anexo se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano.