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23 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de febrero de 2022 El Peruano / Visto, el Expediente Nº 21-159253-012, que contiene el Proveído Nº 0159-2022-OGPPM-OP/MINSA recaído en el Informe Nº 107-2022-OP-OGPPM/MINSA emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Nota Informativa Nº 157-2022-OGAJ/MINSA emitida por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1341-2021/MINSA de fecha 30 de diciembre de 2021, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, entre otros, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, para el cumplimiento de Ley Nº 31358, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la misma autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019. Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza. Dichas transferencias fi nancieras en el caso del gobierno nacional se aprueban mediante resolución del titular del pliego, la cual se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, por su parte, el artículo 18 de la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada con Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de transferencias fi nancieras; Que, con O fi cio Nº 000879-2021-CG/SGE de fecha 23 de diciembre de 2021, la Contraloría General de la República comunica que, con el fi n de dar cumplimiento al mandato legal establecido en la Ley Nº 31358, ha identi fi cado y priorizado un segundo grupo de proyectos de inversión que vienen siendo ejecutados por el Ministerio de Salud y que se detallan en el Anexo adjunto a dicho Ofi cio; por lo que, a efectos de ejecutar las acciones de control concurrente de dichas inversiones, solicita al Ministerio de Salud efectuar una Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, con cargo a su presupuesto institucional; Que, mediante el Proveído Nº 0159-2022-OGPPM-OP/ MINSA recaído en el Informe Nº 107-2022-OP-OGPPM/MINSA, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través de su O fi cina de Presupuesto, emite opinión favorable para emitir la Resolución Ministerial que autoriza una transferencia fi nanciera del Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 2 546 619,00 (DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente de cinco (5) proyectos de inversión a cargo del Pliego 011. Ministerio de Salud, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; por cuanto se cuentan con recursos disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud, en la Unidad Ejecutora 125: Programa Nacional de Inversiones en Salud, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Con los vistos de la Coordinadora General del Programa Nacional de Inversiones en Salud, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (e), de la Secretaria General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada con Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud hasta por la suma de S/ 2 546 619,00 (DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente de cinco (5) proyectos de inversión a cargo del Pliego 011. Ministerio de Salud, de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo 1: “Transferencia a favor del Pliego 019. Contraloría General” que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. Artículo 2.- Financiamiento El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución se afecta con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 011. Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora: 125: Programa Nacional de Inversiones en Salud, Categorías Presupuestarias: 0002. Salud Materno Neonatal y 9002. Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad: 6000016. Gestión y Administración, Categoría de Gasto: 6. Gasto de Capital. Genérica de Gasto: 2.4. Donaciones y Transferencias, Partida de Gasto: 2.4.2.3.1.1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional, por la Fuente de Financiamiento: 1. Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Remisión Encargar a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Contraloría General de la República. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la Ofi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN YURY CONDORI MACHADO Ministro de Salud 2039334-1