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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2022 (26/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Martes 26 de julio de 2022 El Peruano / PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 31529 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE AUTORIZA AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN A EFECTUAR UNA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2022, A FAVOR DE LOS GOBIERNOS REGIONALES, PARA FINANCIAR LA REALIZACIÓN DE LOS JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS Y PARADEPORTIVOS 2022 Artículo 1. Objeto de la Ley La presente ley tiene por objeto autorizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, a favor de los gobiernos regionales, para fi nanciar la realización de los Juegos Escolares Deportivos y Paradeportivos 2022. Artículo 2. Autorización de transferencia de partidas a favor de los gobiernos regionales 2.1 Se autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 11 668 590,00 (ONCE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), a favor de los gobiernos regionales, para fi nanciar la realización de los Juegos Escolares Deportivos y Paradeportivos 2022, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica Para Todos CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5001254 : Transferencia de recursos para la ejecución de actividadesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y transferencias 11 668 590,00 TOTAL EGRESOS 11 668 590,00 A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancia Descentralizada PLIEGO : Gobiernos RegionalesCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos PRODUCTO 3999999 : Sin productoACTIVIDAD 5001933 : Desarrollo de la promoción escolar, cultura y deportes FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 11 668 590,00 TOTAL EGRESOS 11 668 590,00 2.2 El detalle de los recursos autorizados en la transferencia de partidas a que hace referencia el numeral 2.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo 1 “Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Regionales para la realización de los Juegos Escolares Deportivos y Paradeportivos”, que forma parte integrante de la presente ley, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario o fi cial El Peruano. 2.3 El titular del pliego habilitador y titulares de los pliegos habilitados en la presente transferencia de partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 2.1 del presente artículo, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario, contados desde la entrada en vigencia de la presente ley. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.4 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, del Ministerio de Economía y Finanzas, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, fi nalidades y unidades de medida. 2.5 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las unidades ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para la Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 3. Responsabilidad y limitación sobre el uso de los recursos 3.1 Los titulares de los pliegos bajo los alcances de la presente ley son responsables de su adecuada SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 02325-2022.- Modifican el Título V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, aprobado por Resolución Nº 080-98-EF/SAFP y sus modificatorias; modifican el Procedimiento Operativo aplicable a las AFP de origen y de destino en el proceso de traspaso de un afiliado en el SPP por medio presencial o remoto, aprobado por la Circular Nº AFP-049-2004 y dictan otras disposiciones 52GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE MI PERU D.A. Nº 015-2022/MDMP .- Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 057-2020-MDMP, mediante la cual se otorga beneficios para el trámite del certificado de jurisdicción en el distrito de Mi Perú 55