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18 NORMAS LEGALES Martes 26 de julio de 2022 El Peruano / Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- DAR por concluida la designación del señor Marco Antonio Arroyo León en el cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo 2.- DESIGNAR al señor Cruz Manuel Gómez Salazar en el cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la noti fi cación de la presente Resolución al señor Marco Antonio Arroyo León y al señor Cruz Manuel Gómez Salazar, así como a la O fi cina General de Administración para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY PAREDES DEL CASTILLO Directora Ejecutiva (e)Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 2089962-2 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Modifican el anexo de la Res. Nº D000019- 2022-PENSION65-DE que aprueba el “Cronograma de Pagos del año 2022 del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº D000120-2022-PENSION65-DE San Isidro, 22 de julio del 2022VISTO:El Informe Nº D000256-2022-PENSION65-UO, emitido por la Unidad de Operaciones y el Informe Nº D000210-2022-PENSION65-UAJ, expedido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM y sus modi fi catorias, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” con la fi nalidad de brindar protección social a los adultos mayores a partir de 65 años, que viven en situación de vulnerabilidad, entregándoles una subvención monetaria que les permita incrementar su bienestar; y mejorar sus mecanismos de acceso a los servicios públicos que brinda el Estado; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 273-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, estableciendo en el literal h) de su artículo 9 que la Dirección Ejecutiva tiene como función aprobar, modi fi car y derogar las directivas, reglamentos y otras normas técnico-operativas y administrativas internas que requiera el programa para su funcionamiento, de acuerdo a las políticas sectoriales y lineamientos que establezca el MIDIS; Que, mediante Resolución Directoral Nº 078-2019-MIDIS/P65-DE, y modi fi catorias, se aprueba la Directiva de Gestión de la Entrega de la Subvención Monetaria del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, la misma que en su numeral 6.4 señala “(...) La Coordinación de Transferencias y Pagaduría deberá establecer un calendario de inicio de las seis campañas de pago, a ser aprobada por la Unidad de Operaciones (...)”. Asimismo, dicho numeral indica que la Coordinación de A fi liaciones deberá tener en cuenta dicho calendario para su programación de actividades procurando que la Relación Bimestral de Usuarios - RBU sea aprobada por Dirección Ejecutiva con la debida antelación que permita realizar el proceso de transferencia; Que, mediante Resolución Directoral Nº D000019- 2022-PENSION65-DE de fecha 26 de enero de 2022, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 27 de enero de 2022, la Dirección Ejecutiva de este Programa Nacional, aprueba el “Cronograma de Pagos del año 2022 del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65”; Que, asimismo, mediante Resoluciones Directorales Nº D000036-2022-PENSION65-DE y Nº D000067-2022-PENSION65-DE, se modi fi có el anexo de la Resolución Directoral Nº D000019-2022-PENSION65-DE que aprueba el “Cronograma de Pagos del año 2022 del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65”; Que, mediante Informe Nº D000256-2022- PENSION65-UO, la Unidad de Operaciones solicita efectuar la modi fi cación al anexo de la Resolución Directoral Nº D000019-2022-PENSION65-DE que aprueba el “Cronograma de Pagos del año 2022 del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65”, modi fi cado mediante Resoluciones Directorales Nº D000036-2022-PENSION65-DE y Nº D000067-2022-PENSION65-DE, con la fi nalidad de contar con plazos razonables para la actividad de difusión de la Relación Bimestral de Usuarios a los actores locales a nivel nacional a cargo de los Jefes de Unidad Territorial, dicha modi fi cación se circunscribe a las fechas correspondientes a la aprobación de la Relación Bimestral de Usuarios de los periodos julio-agosto, setiembre-octubre y noviembre-diciembre 2022; Que, mediante el Informe Nº D000210-2022- PENSION65-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la modi fi cación del anexo de la Resolución Directoral Nº D000019-2022-PENSION65-DE que aprueba el “Cronograma de Pagos del año 2022 del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65”, modi fi cado mediante Resoluciones Directorales Nº D000036-2022-PENSION65-DE y Nº D000067-2022-PENSION65-DE, al encontrarse conforme a las normas de la materia; Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva y con el visado del Jefe de la Unidad de Operaciones y de la Jefa de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM, y posteriores modi fi catorias, la Resolución Ministerial Nº 273-2017-MIDIS que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65, la Resolución Directoral Nº 078-2019-MIDIS/P65-DE y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el anexo de la Resolución Nº D000019-2022-PENSION65-DE que aprueba el “Cronograma de Pagos del año 2022 del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65”, modi fi cado mediante Resoluciones Directorales Nº D000036-2022-PENSION65-DE y Nº D000067-2022-PENSION65-DE, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, realice las acciones correspondientes, a fi n de garantizar la debida supervisión y monitoreo del cumplimiento del cronograma de pagos para el ejercicio 2022. Artículo 3.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial El Peruano y que la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, en el día de emitido el presente acto resolutivo, efectúe su publicación en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”: http://www.gob.pe/pension65